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DURANTE MÁS DE 17 AÑOS EL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES HA SIDO TORTURADO POR EL ESTADO DE GUATEMALA, A TRAVÉS DEL MINISTERIO PÚBLICO Y ORGANISMO JUDICIAL, AL SERVICIO DEL CRIMEN ORGANIZADO QUE PAGA A ESTAS INSTITUCIONES, COMO LO HIZO EL BANCO DE LOS TRABAJADORES PARA PODER PERSEGUIRLO CON DELITOS SIMULADOS, POR SUS DENUNCIAS DE LAVADO DE DINERO, NARCOTRÁFICO Y CORRUPCIÓN COMETIDAS POR DIRECTORES Y FUNCIONARIOS

Tuesday, May 28th, 2024

l Ministerio Público, ha presentado apelación especial y el alegato final, en contra de la Sentencia Absolutoria dada a favor de Álvaro Erik Montes Echeverría en el Tribunal de Sentencia, ante la Sala de Apelaciones de Sacatepéquez, con esa apelación viola su propia petición que le hizo al Juez de Sentencia al requerir que absolviera al Abogado Montes del delito de Falsificación de Documentos Privados, por no haber delito y en cuanto al delito de Estafa, en el Debate no hubo prueba material ni testimonial para sustentarlo. Para el Delito de Uso de Documentos Falsificados, además de no haber ningún documento falsificado, se demostró con pruebas materiales y testimoniales que el Licenciado Álvaro Erik Montes nunca tuvo en sus manos ninguna de las solicitudes que sirvieron al Promotor de Negocios para comprar acciones a los trabajadores de las empresas adquirientes. El Ministerio Público quiere continuar con la tortura Psicológica,  por represalias  al haber denunciado al crimen organizado que son sus  financistas,  al requerir que se repita otro debate, si la Sala accede  sería para Montes Echeverría enfrentar un tercer debate, porque como lo manifestamos en esta página, el primero se celebró en el año 2017 y se suspendió por carecer de pruebas según lo expresó la Fiscal del Ministerio Público, con la impugnación en contra de suspenderlo por la Defensa, el segundo se realizó en el año 2023, tampoco hubo pruebas que sustentaran la acusación ni materiales ni testimoniales y es precisamente por eso que el mandatario del banco Otto Alejandro Sierra Palencia en la apelación y alegato final recurrió a los delitos de calumnia, perjurio e injuria en contra del Abogado Álvaro Erik Montes y, al Juez de Sentencia lo acusó de haber falseado las Pruebas materiales y testimoniales. El Ministerio Público a través de Rubilia Alicia Ralios Melecio, a esos delitos cometidos para perseguir a un inocente y atacar a un juez no le da importancia, hace falta que la Sala certifique lo conducente y no acepte esa apelación presentada por el Banco de Los Trabajadores a través de su mandatario, quien además pretende que los magistrados le atribuyan al Abogado Montes el Delito de Autor, cuando eso no es competencia de ellos y tanto el Ministerio Público como Otto Alejandro Sierra Palencia presentaron la Prueba número 2 en el Debate para probar que el Autor fue el otro sindicado que ya no está en el proceso.

El Ministerio Público no ignora que el proceso penal en Guatemala es oral y público, por lo tanto, todas las actuaciones vertidas en el juicio están debidamente grabadas. Requerimos y agradecemos  a la sociedad en general y la comunidad Internacional que han acompañado al Licenciado Montes a seguir denunciando este caso, para limpiar  las instituciones de corrupción.

Haga click en las imágenes para ver :EL MINISTERIO PÚBLICO, RECIBIÓ NOTIFICACIÓN DE LA APELACIÓN QUE CONTIENE DELITOS PRESENTADA A LA SALA POR EL QUERELLANTE ADHESIVO Y SIN EMBARGO, VIOLA LOS DERECHOS DEL ACUSADO QUE TAMBIÉN GOZA DE PROTECCIÓN JUDICIAL

Haga click en el link para ver :CUANDO EL MINISTERIO PÚBLICO SU FIN ES PERSEGUIR A LOS INOCENTES, RETUERCE EL DERECHO, LAS LEYES Y EL DEBIDO PROCESO, EL CRIMEN PAGA BIEN, EL JUICIO PENAL ES ORAL, POR LO TANTO LA SENTENCIA Y LOS HECHOS ACAECIDOS NO SON ESCRITOS

A LA PRENSA NACIONAL Y EXTRANJERA, AL PÚBLICO EN GENERAL QUE SIGUE DE CERCA EL CASO DEL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA, PARA QUE LO ANALICEN JURÍDICAMENTE, EN VIRTUD QUE EL MINISTERIO PÚBLICO OBEDECIÓ AL CRIMEN ORGANIZADO INCRUSTADO EN EL BANCO DE LOS TRABAJADORES DE GUATEMALA, SIN QUE EXISTAN DELITOS COMETIDOS EN LA ACUSACIÓN NI PRUEBAS MATERIALES PARA SUSTENTAR SU PARTICIPACIÓN.

Wednesday, September 27th, 2023

Véase con las pruebas número 13 y 14 ofrecidas por el Ministerio Público, en las cuales se determina la persecución ilegal en contra del Abogado Montes, porque después de la compra de acciones realizada el 8 de junio del año 2006 en Agencia Antigua por un Promotor de Negocios debidamente contratado por el banco, la Junta Directiva sin haber tenido a la vista la investigación que le correspondía hacer según el Reglamento de Acciones a la Auditoría Interna, anulan la venta de acciones y la revisten de delitos, sin tener una base para ello, sino el motivo era involucrar a Álvaro Erik Montes en una acción delictiva para que ya no siguiera con las denuncias e investigaciones que él venía realizando porque estaban lavando dinero en la institución Directores y Funcionarios a los que él venía denunciando.

Cómo dos directores no estuvieron de acuerdo en la anulación, se requirió que Auditores de la Superintendencia investigara esa compra de acciones realizada en Agencia Antigua. Estos Auditores resuelven dentro del expediente 1604-2006 que la operación es legal y determina que el banco no tiene fundamento legal para anular dichas acciones, entonces la Junta Directiva requiere otras investigaciones para ver si se cumplió con lo dispuesto en el Reglamento. Al recibir los Dictámenes favorables en los que coinciden que no hubo ningún delito, y por petición de la superintendencia convalidan esas acciones compradas en agencia antigua, sin que Álvaro Erik Montes Echeverría haya estado presente en ninguna de esas sesiones.

Sin embargo, como continuaban los delitos de impacto dentro del banco, Álvaro Erik Montes Echeverría se dirigió a Willy Zapata que fungía como Superintendente y le hizo ver con pruebas documentales en el mes de diciembre del año 2,006 que dentro del banco se estaba lavando dinero para Estados Unidos y Panamá. Esto enfureció a los lavadores del banco y solicitan de inmediato sacar a Álvaro Erik Montes del banco con alguna acción delictiva, primero quisieron implantar droga en su vehículo pero no pudieron por las medidas de seguridad que él tuvo, entonces vuelven a usar la compra de acciones y es Jorge Homero Fuentes Aragón y Carlos Alfredo Villeda Oliva quienes habían emitido voto disidente cuando fueron convalidadas las acciones, que sólo con esa actitud de estas personas era para que de haber justicia y una verdadera investigación estas dos personas debieron ser investigadas por encubridoras de lo que estaba pasando en el banco. Puede leerse la confabulación que cometieron porque está contenida en la Prueba número 13 y 14 que hemos mencionado aquí. Por favor lea los archivos que contiene lo que el Ministerio Público está usando para revestir de ilegalidad una operación que fue investigada por los Auditores de la Superintendencia de Bancos y como no hay delitos ahora el Ministerio Público y el Mandatario del Banco de los Trabajadores, quieren que sea condenado “aunque sea con la mínima pena” y el Juez de Sentencia lo condene como “autor”, cuando a estos infames se les olvidó que en la prueba que ofrecieron de acusación número 2, página 30 literal “d” acusaron al otro imputado de ser el autor y se extienden en dicha participación como el ideólogo, pero a los otros dos coimputados el Ministerio Público y el Banco de los Trabajadores a través de la orden que le dieron al Fiscal, dijeron al juez contralor que delitos para ellos dentro de la acusación no habían, sin presentar ningún fundamento legal ni documentación y lo relevante, que fueron acusados en igualdad de circunstancias. Ante esto, el juez contralor sobreselló  en primera instancia también para Álvaro Erik Montes. Pero por sus denuncias de impacto y por negarse a entregar las pruebas materiales comprometedoras de lavado de dinero le siguieron persiguiendo aún no haya cometido ningún delito. Y lo más aberrante es que en la acusación presentada al Tribunal de Sentencia, no se dignaron a sacar las acusaciones de los dos coimputados ni las pruebas materiales en contra de ellos que serviría para “sustentar la acusación” pero igual la están usando para acusar a Álvaro Erik Montes Echeverría, siendo esto ilegal, porque la persecución penal es personalísima, pero como no hay ninguna acción delictiva para demostrarle al Juez, entonces el Mandatario del banco y el Fiscal del Ministerio Público sólo hablan de actos que realizaron terceras personas, pero ninguna de ellas está siendo perseguida penalmente y no pueden demostrar ninguna relación con Montes Echeverría. Así es la justicia que se aplica en Guatemala.

Anexo 1: CONFABULACIÓN DE JORGE HOMERO FUENTES ARAGÓN Y CARLOS ALFREDO VILLEDA OLIVA, QUIENES NO PODÍAN VOLVER A REQUERIR LO MISMO EN UNA OPERACIÓN QUE ESTABA FIRME CON DICTÁMENES FAVORABLES:

Anexo 2: DESPUÉS DE LAS INVESTIGACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA Y DE FUNCIONARIOS QUE EMITIERON DICTÁMENES FAVORABLES, SE APROBÓ LA COMPRA DE ACCIONES HECHA EN AGENCIA ANTIGUA, CON DOS VOTOS DISIDENTES

A LAS INSTITUCIONES QUE VELAN POR LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, A LA PRENSA NACIONAL Y EXTRANJERA, AL PÚBLICO EN GENERAL, ESPECIALMENTE A LOS GUATEMALTECOS QUE ESTÁN ENFRENTANDO PERSECUCIÓN PENAL CON EL SISTEMA CORRUPTO DEL ORGANISMO JUDICIAL Y EL MINISTERIO PÚBLICO DE GUATEMALA, QUE SIEMPRE HA ACEPTADO TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y PAGO DE SOBORNOS PARA PERSEGUIR Y CONDENAR A LOS INOCENTES QUE SE OPONEN A DIFERENTES CLASES DE CORRUPCIÓN.

Friday, September 8th, 2023

Se les invita a escuchar este audio que data del 10 de abril del año 2013, pertenece a la audiencia celebrada en el Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Sacatepéquez. Por la apelación que presentó el Ministerio Público ante la Sala Regional Mixta de la Corte De Apelaciones del Ramo Penal de Sacatepéquez, que se derivó como consecuencia del otorgamiento de sobreseimiento a favor del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría. Se da a conocer la podredumbre de los jueces, magistrados y fiscales, que tienen a su cargo la vida civil y jurídica, así como la libertad de todos los guatemaltecos. Porque los procesos ya están pagados como lo expresó el primer mandatario del Banco de Los Trabajadores en la Antigua Guatemala y esa prueba fue puesta en conocimiento de la ODHAG (Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado) y otras instituciones nacionales y extranjeras. Escuchen la acusación del mandatario del banco para requerir que Álvaro Erik Montes Echeverría sea enviado a Debate, le expresa a la Juez Lidia Rubi Pérez Figueroa, “Que lo que está dentro del proceso son puros adornos y expresa que la compra de acciones en sí, no es el problema, sino que a futuro el acusado se quería apoderar del banco” estas expresiones obran en el tiempo de grabación a una hora veintiséis minutos con diez segundos, estando presente la Agente Fiscal del Ministerio Público, quien junto a la juez aceptó esa acusación absurda, ilógica e ilegal,  desde el momento que el Ministerio Público está persiguiendo al señor Montes por las Acciones que puso a la venta el mismo banco de Los Trabajadores y que fueron adquiridas a través de un Promotor de Negocios  para beneficio de trabajadores de diferentes empresas,  como quedó demostrado en la investigación de la Superintendencia de Bancos quienes determinaron que fue una operación legal, con este audio se demuestra la persecución por haber denunciado a ex directores y funcionarios por lavado de dinero, narcotráfico y corrupción como ahora es público y notorio, se demuestra que cuando los procesos son pagados por los abogados pueden decir lo que quieran y los operadores de justicia son sus empleados… “EL FUERO ESPECIAL EN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DE GUATEMALA”, nunca ha cesado para condenar a los inocentes, realizar un Debate como el presente caso “con delitos que nunca fueron cometidos por acciones futuras” con la venia del Ministerio Público, sólo puede suceder para ser perseguidos y condenados los guatemaltecos, Por eso lo ponemos de conocimiento de todo el mundo para que examinen como actúa la justicia cuando las personas honorables denuncian delitos de impacto social como lo hizo el Abogado Montes y porque le fue negado este audio como aportación de Pruebas para su Defensa, porque la vergüenza que sintió Patricia Elizabeth Gámez Barrera al escuchar lo que se probaría en el debate, siendo ella enemiga declarada del Abogado Montes y ser parte de esta persecución no quiso aceptarla.

En Guatemala el Ministerio Público cómo puede utilizar la “CONFIDENCIALIDAD”, cuando hay una persona inocente que ha sido acusada vilmente sin haber cometido delitos, sin que el Ministerio Público tenga pruebas materiales y que los motivos de acusación sean falsos y todo por haber denunciado lavado de dinero, narcotráfico y corrupción cometido en una institución bancaria.

Thursday, April 21st, 2022

¿Será otro viacrucis en el caso del Licenciado Álvaro Erik Montes, o habrá un Fiscal General imparcial que se interese por las personas honorables que denuncian delitos de impacto y terminan siendo acusadas por los fiscales comprometidos con el crimen organizado?, porque a la actual Fiscal General Consuelo Porras, se le han enviado más de tres cartas solicitando audiencia  denunciando este caso, ha evadido su responsabilidad  como jefe del Ministerio Público y ha delegado a los Subsecretarios Generales, quienes también han evadido su responsabilidad porque han tenido a la vista la documentación que no se cometió ningún delito, ella sabe que lo que denunció el Abogado Montes son delitos de impacto  y que  por estos motivos existe esta persecución ilegal como lo constató la subsecretaria general Dilma Nohely Samayoa Tenas en las audiencias conferidas y el informe que contiene el Oficio de las falsedades en la acusación.

Cuando se tiene compromisos con el crimen organizado es difícil que haya una justicia pronta y cumplida,  las autoridades que deben velar por una investigación objetiva, imparcial, apegada a las leyes y Convenios Internacionales ratificados por el Estado de Guatemala   consienten que se persiga a personas inocentes como en el presente caso.

Porque este Abogado ha luchado y denunciado durante esta y las administraciones anteriores para que investiguen a los involucrados que lo acusaron con delitos simulados y a la presente fecha ninguno lo ha solucionado.

Le fue enviado al Licenciado Montes el 29 de noviembre de 2,021 por parte de la Secretaría General del Ministerio Público un Oficio de la Abogada Dilma Nohely Samayoa Tenas, de fecha 23 de noviembre de 2,021 que contiene un informe referente a la acusación en su contra, elaborado por la Fiscal Auxiliar Aura Patricia Wong Pineda a petición del Abogado Klayber Bladimiro Sical Jimenez  quien es Fiscal de Sección adjunto de la Fiscalía del Crimen Organizado; en este informe escriben que es confidencial y que prohíben que sea difundido, sin embargo para poder defender al Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría tendremos que obviar la amenaza implícita de confidencialidad y entregar el documento a un Organismo Internacional para que vean que en Guatemala no hay justicia, no hay Cortes imparciales sino mafias, en virtud que con ese documento se demostrará la persecución que ha sufrido el Abogado Montes en el Organismo Judicial y en el Ministerio Público, porque todo lo elaborado y consentido por la Fiscalía del Crimen Organizado es falso y lo desvirtuó en el memorial que presentó ante el Ministerio Público y entregado a la Abogada Dilma Nohely Samayoa Tenas con las respuestas respectivas y ofrecimiento de las pruebas materiales, sin embargo no hay ninguna respuesta favorable a pesar que dichos documentos demuestran la falsedad de la acusación.

No sería nada raro que en la Fiscalía del Ministerio Público se estén traficando influencias, fabricando pruebas y hechos falsos al haber recibido el memorial con las respuestas y pruebas materiales que desmienten lo elaborado por la fiscal Wong Pineda, avalado por Klayber Sical, por eso es necesario que una Instancia Internacional tenga el documento que contiene las falsedades presentadas en el Oficio a la Abogada Dilma Nohely Samayoa Tenas que contiene la acusación aludida.

Es de terror la persecución que sufren en Guatemala las personas que denuncian delitos de impacto, lavado de dinero y narcotráfico como es el caso del Abogado Montes.

Si hubiese interés por parte del Ministerio Público con el falso informe que contiene la acusación que servirá para un segundo Debate en el Tribunal de Sentencia Penal de Sacatepéquez en contra del Licenciado Montes, la Abogada Dilma Nohely Samayoa, debió haber informado inmediatamente a la Fiscal General para que se investiguen a estos malos servidores públicos, porque también ella no desconoce que a la Abogada Sara Elizabeth Romero quien era Jefe de la Fiscalía del Crimen Organizado la auxiliar fiscal Diana Julieta Santiago Macal le expresó que no hay pruebas materiales en contra del Abogado Montes y por esa razón requirió que se suspendiera el debate en el año 2,017, entonces es incomprensible que si el documento que le fue entregado contiene falsedades y que además se niegan a presentar las pruebas materiales, porque no las hay, continúen con la persecución ilegal en contra de Álvaro Erik Montes Echeverría y no se haga nada en contra de estos fiscales que representan al Ministerio Público.

 Hemos demostrado que el soborno puede más que la razón y por eso no solucionan objetivamente este caso.

Que sea publicado el documento con la cláusula de “CONFIDENCIALIDAD” y le enseñemos al mundo una injusta persecución que se ha sostenido por las influencias del crimen organizado y el pago de sobornos, así es la justicia en Guatemala y la impunidad con que actúa el Ministerio Público.

EL BANCO DE LOS TRABAJADORES DE GUATEMALA NO OBTUVO EN TRES RESOLUCIONES INCLUYENDO UNA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CÁMARA DE AMPARO, DE LA SALA CUARTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO PENAL UN FALLO FAVORABLE POR LA SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL DUODÉCIMO DE SENTENCIA PENAL, ACUDE UNA CUARTA VEZ A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CÁMARA PENAL QUIEN DE OFICIO ORDENA LO QUE EN TRES RESOLUCIONES APEGADAS A DERECHO NO PUDIERON OBTENER

Monday, March 7th, 2022

El Banco de los Trabajadores de Guatemala, sigue sobornando al Organismo Judicial en el caso del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría por la noticia que publicó el Diario el Periódico por un préstamo  otorgado al político Obdulio Chinchilla Vega, hay una sentencia debidamente ejecutoriada por el Juzgado de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Sacatepéquez, favorable para el Licenciado Montes, en donde la Juez explica detalladamente que Álvaro Erik Montes no tuvo nada que ver en la documentación que publicó el diario según las pruebas aportadas de descargo y en su momento procesal el Banco no se opuso a la Sentencia. Como no lograron condenarlo en Sacatepéquez, presentaron otra querella en el Tribunal Duodécimo de Sentencia Penal, éste Juez desestimó la querella en la cual adujo el Banco que Álvaro Erik Montes se había concertado con los otros dos imputados que ya no están en el proceso, ayudándoles a trasladar la documentación para que el Diario el Periódico publicara noticias falsas. Como verá el lector, el banco desistió de los principales imputados y sigue sobornando al Organismo Judicial por una presunta concertación que no  pudo probar en el Juzgado de Sacatepéquez.

La Sala Cuarta de la Corte De Apelaciones del Ramo Penal resolvió confirmando el fallo del Juez del Tribunal Duodécimo de Sentencia Penal, la Corte de Constitucionalidad al resolver una acción de amparo que promovió el banco, confirmó que no hubo violación al debido proceso y dictaminó que el juzgador resolvió apegado a derecho. Pero como en Guatemala todo se puede si hay soborno de por medio, el Banco de los Trabajadores presentó ante la Corte Suprema de Justicia otra acción de amparo porque al resolver la Sala cuarta confirmó que el recurso con que apeló la Sentencia del Juez de Instancia no era el idóneo, sin embargo la Corte Suprema ayudando al banco ordenó que la Sala volviera a resolver con un recurso que en su momento procesal no correspondía, aquí se da la violación al artículo 4 de la Constitución de la República de Guatemala que indica “que en Guatemala todos los seres son iguales en dignidad y derechos”, sin embargo eso no se aplica para el Licenciado Montes porque se afectó su derecho de igualdad ante la ley y derecho de defensa contenida en el artículo 12 Constitucional.

La Sala vuelve a resolver por tercera vez que el Juez no varió las formas del proceso y que el recurso con que apeló el banco no procedía, confirmó la sentencia del Juez. El banco presenta una Casación ante la Cámara Penal, y como la corrupción sobrepasa lo creíble estos magistrados de la Corte Suprema de Justicia a través de la Cámara Penal (magistrados que están ilegítimamente en funciones porque su periodo desde hace dos años venció) como no pueden resolver de fondo el recurso de Casación presentado por el banco, mejor de “OFICIO” ordenan a la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal que emita una nueva resolución porque ellos consideran que hay variación al debido proceso y afectando los derechos no solo para el Abogado Montes sino para todo ciudadano que haya sido juzgado por un mismo hecho ya que según la ley es cosa juzgada, pretende la CSJ, que no procede.

Y de esa manera la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones tendría que emitir una cuarta resolución o las veces que sean necesarias hasta favorecer al crimen organizado, veremos si la Corte de Constitucionalidad de Guatemala en el Amparo 845-2022 oficial 6º.,  interpuesto por el Licenciado Montes el 16 de febrero 2022, aceptan que se violen los derechos contenidos en la Constitución de la República de Guatemala y los Convenios Sobre Derechos Humanos y se permita una cuarta resolución por no haber sido favorables para el crimen organizado incrustado en  el banco, las tres primeras sentencias y aceptando una resolución de oficio de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia dentro de un recurso que fue interpuesto por el Banco de los Trabajadores sin ser el idóneo en su momento procesal. 

¿Por qué será un fuero especial el Debate en contra del Abogado Álvaro Erik Montes?

Thursday, September 2nd, 2021

Porque no hay indicios, ni elementos delictivos dentro de la Carpeta Judicial y el Ministerio Público no tiene Pruebas Materiales para sustentar el Debate Oral y Público.

Como existe un precedente que por falta de Pruebas del Ministerio Público el Tribunal de Sentencia suspendió el Debate, por esos motivos se le requirió a la Juez Rafaela Salazar López del Tribunal de Sentencia, por ser ella la que ejerce autoridad y disciplina dentro del proceso, que intimara al Ministerio Público para que responda si tienen o no las pruebas que servirán para sustentar la acusación en un segundo Debate.

En virtud que el Ministerio Público de Guatemala en una audiencia con la Jefe de la Fiscalía del Crimen Organizado y la Auxiliar Fiscal Diana Julieta Santiago Macal, le confirmaron al Abogado Álvaro Erik Montes, que no tienen pruebas materiales que sustenten la acusación que le hicieron.

¿Cuántos ciudadanos creen y tienen confianza que haya certeza jurídica y se resuelva apegado a derecho en las Resoluciones emitidas por Jueces o Magistrados del Organismo Judicial en Guatemala?

Poco a poco se ha venido enseñando al mundo lo importante que es tener Jueces y Magistrados probos, imparciales, ciegos como lo dicta la Diosa Temis que representa a la Justicia, que el Ministerio Público cumpla con los principios para lo que fue creado, lamentablemente hace muchos años que el sistema de justicia en Guatemala está en un elevadísimo porcentaje de corrupción, la mayoría de Jueces y Magistrados están al servicio de la impunidad, y del crimen organizado.

En esta página donde hemos venido denunciando el caso del Abogado Álvaro Erik Montes, les ponemos a la vista los motivos que se dieron para requerir la Recusación de la Juez Rafaela Salazar López, del Tribunal de Sentencia de Sacatepéquez; esta juzgadora requirió al Juzgado de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente que le fuesen remitidos los expedientes que conforman el proceso instruido en contra del Abogado Montes. La defensa solicitó al Tribunal de Sentencia que les extendiera copia certificada de la documentación que sustentará la acusación en el juicio, a lo que accedió la Juez Salazar; cuando se examinó la carpeta judicial por la Defensa y el Abogado Montes, constataron que dentro de ella no hay ningún elemento ni indicio que sea constitutivo de delito, todo lo que hay favorece al Abogado Montes.

El artículo 2.- del Código Procesal Penal indica: No hay proceso sin ley. (Nullum Proceso sine lege). No podrá iniciarse proceso ni tramitarse denuncia o querella, sino por actos u omisiones calificados como delitos o faltas por una ley…

Está claro que si sobornaron con 100,000 quetzales los ex directores del Banco de Los Trabajadores al Ministerio Público para que prosperara la denuncia en contra del Abogado Álvaro Erik Montes, es porque delitos y pruebas materiales delictivas en su contra no hay, así lo resolvió el Juez que sobreselló este caso en Primera Instancia. Si dentro del expediente hubiese existido una sola prueba material de los delitos que le imputó el Ministerio Público, el Juez de Instancia no habría decretado el sobreseimiento.

Durante todo el proceso hubo infinidad de anomalías cometidas por los Jueces y Magistrados, cuando sean examinadas las actuaciones por un ente internacional se sorprenderá en manos de quienes está la aplicación de justicia y la vida de muchos inocentes  como el caso de Álvaro Erik Montes en Guatemala.

Ahora por favor lea el memorial de Recusación y los motivos del por qué continúa la persecución en contra del Abogado Álvaro Erik Montes.

GUATEMALA ES UN ESTADO FALLIDO, EN DONDE SE PERDIÓ EL RESPETO A LAS ALTAS CORTES, LOS JUZGADORES DEJARON DE SER IMPARCIALES, SE PERSIGUE A INOCENTES Y, A LOS CULPABLES SE LES RECIBE SOBORNOS PARA RESOLVER A SU FAVOR, ENTRE JUZGADORES SE PROTEGEN Y TRAFICAN INFLUENCIAS, ¿DESDE CUANDO LOS MAGISTRADOS DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD AL RESOLVER EXPRESAN QUE NO DAN LA ACCIÓN DE AMPARO POR CONSIDERAR “QUE NO SE OCASIONÓ UN AGRAVIO DE RELEVANCIA CONSTITUCIONAL”?

Tuesday, August 6th, 2019

Están obligados a resolver conforme la Constitución de la República de Guatemala.

La burla, persecución y criminalización para los ciudadanos honrados que respetan las normas y leyes es cada vez más grave si llegan a denunciar situaciones de alto impacto y caen en las garras de una justicia fallida. Es evidente  a quién sirven los encargados de impartir justicia en Guatemala.

El Abogado Álvaro Erik Montes, sigue denunciando su caso, fue víctima del sistema putrefacto de justicia, Cómo hemos señalado a lo largo de estos años y presentado las pruebas correspondientes.

Solo en las Cortes de Guatemala pueden resolver en forma descarada, Véase la página número 13 de la Acción de Amparo que está en esta página web y sobre lo que se fundó la Honorable Corte de Constitucionalidad al resolver, aceptan que la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera que fue la juez que conoció el Ofrecimiento de Pruebas el 12 de octubre de 2016, no ignoraba que habían excepciones, recursos e incidencias pendientes por resolver y que por lo tanto no podía llevar a cabo dicho ofrecimiento de pruebas porque violaría la legítima Defensa del Abogado Montes.

ESA SAGRADA DEFENSA, está contenida en el artículo 12 de la Constitución de la República de Guatemala y también en la Convención Americana de Derechos Humanos ratificada por Guatemala. Es inaudito que les parezca a los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad que el hecho reclamado por Álvaro Erik Montes no sea un agravio de relevancia; cuando precisamente por la violación al Debido Proceso y Derecho de Defensa cometida por la juez Gámez Barrera, el Tribunal de Sentencia de Sacatepéquez en el año 2017 suspendió el Debate después de la cuarta audiencia cuando Álvaro Erik Montes ya había presentado su declaración y todas las pruebas de descargo botando con ello la acusación y demostrando su inocencia, en ese momento la querellante y  el Ministerio Público solicitaron que se suspendiera porque  habían recursos pendientes por resolver.

¿No les parece suficiente violación señores magistrados de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala?

Para el Abogado Montes es una tortura psicológica,  su vida siempre ha estado en peligro de muerte por los sicarios que han enviado varias veces a matarlo.

Hoy presentamos ante los ojos del mundo esta nueva aberración cometida por la alta corte, les invitamos a leer  donde solicitamos el Recurso de Aclaración y Ampliación en donde puede leerse lo que hemos expuesto.

Así es la justicia en Guatemala. ¡Una Justicia fallida!

Acción de Amparo denegado porque, según los Magistrados de la CC, no se ocasionó un agravio de relevancia. Con ese criterio se daña la vida de una persona inocente

Recurso de Aclaración y ampliación ante la Corte de Constitucionalidad, 30 de julio de 2019.

EL TRÁFICO DE INFLUENCIAS SIGUE HACIENDO DAÑO EN LAS INSTITUCIONES DE JUSTICIA EN GUATEMALA, DE TAL MANERA QUE HASTA EN LA MÁS ALTA CORTE, COMO LO ES, LA DE CONSTITUCIONALIDAD, HAN ENGAVETADO A PROPÓSITO UNA APELACIÓN REGISTRADA CON EL NÚMERO 4354-2017 Oficial 4º. DE SECRETARÍA GENERAL, QUE FUERA CONOCIDA EN VISTA PÚBLICA DESDE HACE DOS AÑOS

Wednesday, May 1st, 2019

Todo por querer ayudar a la juez que cometió delitos, correspondiendo a sus patrones del  crimen organizado, ya que es obligación de la Corte de Constitucionalidad, certificar lo conducente para que esta mala juzgadora, sea investigada. En virtud, que esta “honorable corte” ya resolvió otras apelaciones que se presentaron mucho tiempo después y se han negado a resolver la que data desde hace dos años, porque es evidente que la Etapa Intermedia no había precluido,  existiendo a la presente fecha muchos recursos pendientes de resolver por parte del Juzgado de Instancia y en la misma Sala de la Corte de Apelaciones, por lo tanto no podía Patricia Elizabeth Gámez Barrera, enviar al Abogado Montes a Debate y en el Tribunal de Sentencia, tampoco podía la juez iniciarlo.

Así que la Corte de Constitucionalidad debió resolver la que primero en tiempo, primero en derecho, de esa cuenta la justicia duerme el sueño de los justos y el Abogado Álvaro Erik Montes, no puede tener una justicia pronta y cumplida.

El Debate fue suspendido por esas ilicitudes cometidas por las juzgadoras.

Por esas razones la presente carta de queja que exponemos, se le presentó al Presidente de La Corte de Constitucionalidad, para que se desengavete la resolución, y sea notificado el Licenciado Montes.

Por inverosímil que parezca, la recepcionista no quería recibir la carta de queja, realizó varias consultas antes de darle trámite. Esto en flagrante violación al derecho que tienen los ciudadanos, a hacer peticiones a los servidores públicos. Así está la justicia en Guatemala, si es que se le puede llamar justicia. Requerimos a los Magistrados de la Corte, que se investigue este caso y se sancione a los responsables, porque de “gratis” estamos convencidos que estos malos funcionarios no engavetan esos expedientes.

 

DESDE HACE MUCHOS AÑOS HEMOS DENUNCIADO CON PRUEBAS, LA ILEGÍTIMA PERSECUCIÓN EN CONTRA DEL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES, POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, JUECES Y MAGISTRADOS AL SERVICIO DEL CRIMEN ORGANIZADO DENTRO DE UNA INSTITUCIÓN FINANCIERA.

Wednesday, May 1st, 2019

Hoy hacemos del conocimiento público la carta presentada ante la Fiscal General del Ministerio Público de Guatemala, Doctora, María Consuelo Porras Argueta, en virtud que todos los funcionarios,  fiscales y secretarios privados, que han conocido, revisado y recibido las pruebas materiales de descargo presentadas por una falsa acusación fabricada con delitos simulados en contra del Licenciado Álvaro Erik Montes, le han dado la razón, pero ninguna solución a pesar de citarlo para arreglar esta ilegal e ilegítima persecución.

 Es lamentable que por el pago de sobornos a la Fiscalía del Crimen Organizado a través de la  Agente Fiscal Diana Julieta Santiago Macal y de sus antecesores,  hayan mantenido y llevado a debate este caso, sin tener legitimación el Ministerio Público, sin existir pruebas materiales para sustentar la acusación y sobre todo persiguiendo a una persona inocente que jamás cometió delitos.

Hace 2 años, la fiscal sobornada por los ex Directores Sergio Aníbal Hernández Lemus, Juan Miguel Arita España, y otros funcionarios,   del Banco de los Trabajadores de Guatemala, la Agente Fiscal en mención  Diana Julieta Santiago Macal, al ver que no tenían pruebas materiales en contra del Abogado Montes, pidió a la juez de sentencia la suspensión del debate, el cual fue otorgado por la juzgadora, siendo eso un acto ilegal, o sea una monstruosidad jurídica que solo en Guatemala, como un estado fallido se puede permitir.

¿Cuántos casos así pasan inadvertidos a la opinión pública? La justicia en Guatemala se compra, en ésta página se encuentran resoluciones aberrantes, en donde con toda la desfachatez fue manipulado el proceso con la ayuda de todos los que conocieron y resolvieron, obviamente recibiendo el pago respectivo por el crimen organizado.

Ahora es preocupante, que todos sin excepción reconozcan que no tiene legitimación el Ministerio Público y lo más grave, que pruebas materiales, nunca las tuvieron, solo tenían a su disposición las arcas del banco para comprar a los Jueces y Magistrados para que condenaran a un inocente, por lo que pedimos a la Fiscal General Consuelo Porras la pronta investigación y resolución del caso del Abogado Álvaro Erik Montes. “No mas persecución a inocentes, que están en contra de LA CORRUPCION,  y se atreven a denunciar al crimen organizado”

 

DENUNCIA ANTE LA PRENSA NACIONAL E INTERNACIONAL QUE ESTÁN VIGILANDO EL PROCESO PARA ELEGIR AL NUEVO FISCAL GENERAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE GUATEMALA Y A LAS ORGANIZACIONES CIVILES.

Tuesday, March 13th, 2018

Hoy hacemos de su conocimiento la condena moral, en contra de la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera del Juzgado de Primera Instancia Penal de Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Sacatepéquez.

En Guatemala las injusticias que se han cometido por parte de operadores de justicia aún con las pruebas que se presenten ante los Órganos correspondientes nunca prosperan, por el tráfico de influencias, pago de sobornos y la corrupción enraizada en las instituciones.

Patricia Elizabeth Gámez Barrera, no fue una juez imparcial como podrán leer en éstos documentos que adjuntamos en el caso del Abogado Álvaro Erik Montes. Los Directores del Banco de Los Trabajadores que hoy están en prisión preventiva, entre ellos Sergio Aníbal Hernández Lemus, Eduardo José Liu Yon, Ronald Giovanni García Navarijo, Juan Miguel Arita España, sobornaron con grandes cantidades de dinero a los jueces, fiscales, y magistrados que hemos denunciado desde hace muchos años, en ésta página para condenar y silenciar a un inocente. Ahora ha salido a luz pública los hechos que el Licenciado Montes denunció desde hace muchos años antes que se instalara la CICIG en Guatemala.

En estos tiempos, gracias a la Comunidad Internacional que ha aportado mucha ayuda en el sistema de justicia, se han investigado profundamente los actos delictivos y se percibe una fuerte lucha en contra de la impunidad y la corrupción. Los ciudadanos, están cada vez más unidos y convencidos que la lucha es para bien de Guatemala.

Léase el Memorial presentado ante el Juzgado de Primera Instancia Penal de Sacatepéquez el día 6 de marzo de 2018, en donde el Abogado Álvaro Erik Montes vuelve a suplicar que resuelvan la excepción presentada en el año 2014 y la eleven a la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones para que siga su trámite legal. Aquí está clara la participación directa de Patricia Elizabeth Gámez Barrera ayudando a los Directores del Banco de Los Trabajadores de Guatemala. Porque habiendo recursos pendientes por resolver, esta juez cuestionada no podía enviar a Debate al Señor Montes, hasta que se cumpliera el debido proceso. Con el agravante que ella era enemiga declarada como podrán leer en estos documentos. También que cuando ella presidió la audiencia para la aportación de pruebas por las partes, nunca el Ministerio Público ofreció ninguna prueba material para probar la acusación, consta en el audio de fecha 12 de octubre de 2016.

Por todas esas razones acudimos a la postuladora para que no se elija a una persona con tachas e inclinada a ayudar al crimen organizado.

DECLARACIÓN TESTIMONIAL EN CONTRA DE LA JUEZ PATRICIA ELIZABETH GÁMEZ BARRERA, POR DELITOS COMETIDOS AMPARANDOSE EN SU INVESTIDURA DE JUEZ

 

DENUNCIA ANTE LA SUPERVISIÓN DE TRIBUNALES EN CONTRA DE PATRICIA ELIZABETH GÁMEZ BARRERA, PORQUE CUMPLIÓ LAS AMENAZAS QUE PROFIRIÓ AL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES

 

PRUEBAS PRESENTADAS EN CONTRA DE PATRICIA ELIZABETH GÁMEZ BARRERA ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO, POR SER UNA JUEZ CORRUPTA Y FUERAN PRESENTADAS ANTE LA CSJ PARA RETIRARLE EL ANTEJUICIO

 

 

SEGUNDA RECUSACIÓN PRESENTADA AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DE SACATEPÉQUEZ EN CONTRA DE PATRICIA ELIZABETH GÁMEZ BARRERA POR EL DAÑO QUE SIGUE CAUSANDO AL ABOGADO MONTES. EL 25 DE ENERO DE 2018

Este Recurso no lo han resuelto desde el 2014, Patricia Elizabeth Gamez Barrera fue sobornada para enviar a Debate al Abogado Álvaro Erik Montes y ayudar a los Directores del Banco de los Trabajadores.