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POR LOS TRES DELITOS QUE LE FUERON IMPUTADOS FUE ABSUELTO POR EL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DE SACATEPÉQUEZ EL ABOGADO Álvaro Erik Montes Echeverría

Friday, December 29th, 2023

Por ese motivo lo compartimos a la Prensa Nacional y Extranjera, a los Derechos Humanos, a los guatemaltecos que han acompañado y seguido de cerca este caso, a los que han sufrido de una vil persecución penal siendo inocentes por haberse atrevido a denunciar delitos de impacto social y a los que han enfrentado Debate Oral y Público con delitos simulados a través del sistema judicial de Guatemala, cómo es el presente caso.

Desde hace más de 17 años a través de diferentes medios de información pública se denunció esta persecución penal y los motivos por parte de los Directores del Banco de Los Trabajadores de Guatemala y el Ministerio Público en contra del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría, comenzó porque él denunció lavado de dinero,  narcotráfico, así como grave corrupción que se estaba cometiendo por Directores y Funcionarios del banco, lo que no ignora la actual junta directiva del banco.

Para poder darle forma y relevancia a esta persecución según la querella, figuraron más de 65 personas como acusadas y principalmente sólo 3 fueron los perseguidos, siendo Jorge Eduardo Avilés Salazar, Cristina Judith Ortiz Ramírez y Álvaro Erik Montes, de las dos primeras el Banco le ordenó al Ministerio Público que presentara sobreseimiento cuando ya había presentado la acusación para que enfrentaran los 3 sindicados debate oral en igualdad de circunstancias y por los mismos delitos. De tal manera que por no haber aceptado el Lic. Montes la negociación que en casa presidencial le hicieron Sergio Aníbal Hernández Lemus y Eduardo José Liu Yon, fue el único que enfrentó el Debate Oral.

Cabe señalar, que en el año 2,009 el Juez Edwin Roberto Peñate Girón sobreseyó a favor de Álvaro Erik Montes Echeverría  los delitos vertidos en esta acusación, y fue preciso al señalar que si no habían delitos para los otros dos acusados tampoco había para el señor Montes Echeverría, sin embargo el Fiscal Herlin Abraham Colocho Herrera (este fiscal por otro caso, fue detenido y acusado penalmente) y el mandatario del banco apelaron esa sentencia de primer grado ante la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones. Debido a que los magistrados de esa época fueron sobornados como lo expresó el mandatario en la Antigua, para que resolvieran a favor de los Directores que pagaron por la resolución, cuando regresó el expediente al Juzgado de instancia, presidió la audiencia Lidya Ruby Pérez Figueroa, esta juez no fundamentó el fallo de los motivos por los cuales envía a Debate al Abogado Montes, ella expresa categóricamente que es una “orden de los magistrados” tampoco verificó que hubiesen pruebas materiales para sustentar la acusación, aceptó la versión del mandatario del banco que a futuro el señor Montes se quería quedar con el banco cuando la legislación de Guatemala no contempla que un ciudadano sea juzgado por delitos que no ha cometido, sólo porque a sus enemigos videntes se les ocurrió lo que pasaría en un futuro y la fundamentación legal de la juez versó por “la orden que ella dijo que recibió de los magistrados”. Cuando este caso sea revisado internacionalmente saldrá a luz en manos de quienes está la aplicación de justicia guatemalteca y las grandes violaciones que se cometen.

El 12 de octubre del año 2016, la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera, habiéndose declarado enemiga del Abogado Montes, presidió la audiencia para aportación de ofrecimiento de pruebas que servirían para enfrentar el debate. La sorpresa es que ni el querellante ni la fiscal Diana Julieta Santiago Macal, presentaron ante la Juez Patricia Gámez ninguna prueba material para entregar al acusado y a su Abogado Defensor, únicamente se leyó un listado en donde todavía se encontraban los otros dos coimputados que fueron acusados por los mismos delitos junto al Abogado Montes, así que no tuvo de conocimiento ninguna prueba material para poder defenderse.

El 25 de mayo del año 2017, da comienzo el Debate Oral y Público en el Tribunal de Sentencia Penal de Sacatepéquez, presidido por la juez Aura Engracia Pérez de Chiapas, iba la cuarta audiencia sin que el mandatario del banco ni la fiscal Diana Julieta Santiago Macal presentaran las pruebas materiales de acusación y en vista que no habían, le solicitaron a la juez que se suspendiera indefinidamente el debate. Ante esa situación el Abogado Montes presentó diferentes denuncias ante el Ministerio Público, las cuales seguirán durmiendo el sueño de los justos porque nunca prosperaron, a pesar que la fiscal Santiago Macal le expresó a la jefe Sara Elizabeth Romero, de la fiscalía del Crimen Organizado que no existían pruebas materiales para poder sustentar esa acusación, sólo con esa declaración era suficiente para que hubiese actuado la señora Romero y la Fiscal Aura Patricia Wong Pineda, presentó un oficio con falsedades el cual tuvo conocimiento la Subsecretaria Dilma Samayoa para poder llevar a debate al Abogado Montes, y a pesar que le dio la razón al Licenciado Montes por las pruebas materiales de descargo que le presentó,  Dilma tampoco  hizo nada, más que proteger a los malos fiscales y seguir generando impunidad en el Ministerio Público.

Con la insistencia legal del Abogado Montes, se reanudó la fecha para enfrentar el segundo debate, el cual dio inicio el 08 de junio del año 2023, consta en audios de las diferentes audiencias del debate, que Álvaro Erik Montes Echeverría no tuvo conocimiento de la documentación que contenía su acusación, así como tampoco tuvo en su haber ninguna prueba material de acusación, es hasta en la cuarta audiencia en donde se escucha en el audio la súplica que Montes Echeverría le hace al juez contralor para que el Fiscal Daniel Iván Hernández Son le proporcione las pruebas y documentos para que él pueda tener una defensa digna. Hasta en la octava audiencia le terminan de dar documentos que presentaron en el listado, sin embargo, ninguno de esos documentos contenidos en el listado y presentados al juez de sentencia, constituye prueba material de los 3 delitos que le endilgaron. Si no hubiesen sobornado a la Justicia guatemalteca con las pruebas de descargo presentadas por Álvaro Erik Montes Echeverría el caso se habría terminado con la sentencia emitida por el Juez contralor de la causa Edwin Roberto Peñate Girón.

Es inaudito el silencio cómplice del Colegio de Abogados en estos casos de persecución con delitos simulados y que los Abogados carecen de ética cómo es el caso del mandatario del Banco de Los Trabajadores de Guatemala, señor Otto Alejandro Sierra Palencia, nunca se sabe en Guatemala quien termina siendo perseguido, sin embargo las actuaciones en juicio quedarán para la posterioridad y estudio de generaciones en formación de la carrera de Abogados…

Este fue el segundo mandatario del Banco de Los Trabajadores, que a viva voz al presentar las conclusiones expresa que “comprar acciones no es delito” ¿Y para ese gran descubrimiento se ha perseguido al Abogado Montes durante más de 17 años? Cuando no ignora Sierra Palencia que dentro de las pruebas que presentó el Ministerio Público y la Defensa del Abogado Montes están los dictámenes favorables para esa venta de acciones que no constituye acción delictiva y que fueron emitidos por los 4 diferentes Funcionarios del banco, en donde hacen ver que no hubo ni Uso de Documentos Falsificados, tampoco Falsificación de Documentos y para sustentar el delito de Caso Especial de Estafa, este abogado Sierra Palencia expresó en forma absurda y temeraria, que el banco sufrió pérdida económica al devolverle el dinero a los empresarios que les compraron acciones a sus trabajadores a través del Promotor de Negocios, con la complicidad y silencio del Ministerio Público, en virtud que nunca hubo ninguna pérdida en el patrimonio del banco como quedó demostrado en el Debate. En pocas palabras esa ha sido la persecución con delitos simulados en contra del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría por haber denunciado al crimen organizado dentro de la institución bancaria y para que el mundo juzgue, esas son las brillantes conclusiones del Abogado Otto Alejandro Sierra Palencia, quien a sabiendas que la acusación no constituye delito, desde el principio quiso sorprender requiriéndole a la defensa del Abogado Montes un criterio de oportunidad para que el licenciado Montes fuera condenado aunque fuera por un pequeño delito como él lo expresó, que fácil para Sierra Palencia afectar la dignidad  de las personas inocentes. Si Álvaro Erik Montes Echeverría no se vendió por los cinco millones que le ofrecieron por entregar las pruebas de lavado en su poder y aguantó la persecución en su contra por más de 17 años, ¿Cómo iba a pensar Sierra Palencia que Álvaro Erik Montes Echeverría podría aceptar tan perverso ofrecimiento?

La dignidad de las personas inocentes no está en venta, no debe mancillarse cuando se ha denunciado delincuentes  de cuello blanco, y que la actual Junta Directiva del Banco de Los Trabajadores y el Ministerio Público lo sabe.

 A pesar de haber malos juzgadores, y haber enfrentado con muchas vicisitudes esta terrible persecución penal, también hay que reconocer que no todos los Juzgadores son corruptos y que por segunda vez fue absuelto de los delitos que le fueron endilgados por haberse atrevido a defender una institución bancaria que es de los trabajadores de Guatemala. 

LAVADO DE DINERO HACIA ESTADOS UNIDOS Y PANAMÁ

Thursday, September 28th, 2023

Esta es una de las denuncias de lavado del año 2,006 realizadas por Álvaro Erik Montes Echeverría, las cuales venía denunciando desde antes del año 2,005 es por esas razones que los directores del Banco De Los Trabajadores revistieron de ilegalidad una venta de acciones comunes que puso el banco en el año 2006, y que fue realizada por un Promotor de Negocios contratado legalmente por la institución.

Después vuelven a anular el 25 de enero del año 2007,  la venta de acciones que había sido objeto de varias investigaciones y formado parte del año contable del banco, porque el abogado Montes continuaba denunciado a directores y funcionarios por las operaciones ilícitas de impacto.

De tal manera para que prosperara la denuncia en el Ministerio Público la junta directiva pagó de inicio cien mil quetzales (Q.100,000.00),  llevarlo a debate con estos documentos demuestra la persecución de la que ha sido objeto por el Ministerio Público y el Organismo Judicial de Guatemala, a petición del crimen organizado.

A LA PRENSA NACIONAL Y EXTRANJERA, AL PÚBLICO EN GENERAL QUE SIGUE DE CERCA EL CASO DEL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA, PARA QUE LO ANALICEN JURÍDICAMENTE, EN VIRTUD QUE EL MINISTERIO PÚBLICO OBEDECIÓ AL CRIMEN ORGANIZADO INCRUSTADO EN EL BANCO DE LOS TRABAJADORES DE GUATEMALA, SIN QUE EXISTAN DELITOS COMETIDOS EN LA ACUSACIÓN NI PRUEBAS MATERIALES PARA SUSTENTAR SU PARTICIPACIÓN.

Wednesday, September 27th, 2023

Véase con las pruebas número 13 y 14 ofrecidas por el Ministerio Público, en las cuales se determina la persecución ilegal en contra del Abogado Montes, porque después de la compra de acciones realizada el 8 de junio del año 2006 en Agencia Antigua por un Promotor de Negocios debidamente contratado por el banco, la Junta Directiva sin haber tenido a la vista la investigación que le correspondía hacer según el Reglamento de Acciones a la Auditoría Interna, anulan la venta de acciones y la revisten de delitos, sin tener una base para ello, sino el motivo era involucrar a Álvaro Erik Montes en una acción delictiva para que ya no siguiera con las denuncias e investigaciones que él venía realizando porque estaban lavando dinero en la institución Directores y Funcionarios a los que él venía denunciando.

Cómo dos directores no estuvieron de acuerdo en la anulación, se requirió que Auditores de la Superintendencia investigara esa compra de acciones realizada en Agencia Antigua. Estos Auditores resuelven dentro del expediente 1604-2006 que la operación es legal y determina que el banco no tiene fundamento legal para anular dichas acciones, entonces la Junta Directiva requiere otras investigaciones para ver si se cumplió con lo dispuesto en el Reglamento. Al recibir los Dictámenes favorables en los que coinciden que no hubo ningún delito, y por petición de la superintendencia convalidan esas acciones compradas en agencia antigua, sin que Álvaro Erik Montes Echeverría haya estado presente en ninguna de esas sesiones.

Sin embargo, como continuaban los delitos de impacto dentro del banco, Álvaro Erik Montes Echeverría se dirigió a Willy Zapata que fungía como Superintendente y le hizo ver con pruebas documentales en el mes de diciembre del año 2,006 que dentro del banco se estaba lavando dinero para Estados Unidos y Panamá. Esto enfureció a los lavadores del banco y solicitan de inmediato sacar a Álvaro Erik Montes del banco con alguna acción delictiva, primero quisieron implantar droga en su vehículo pero no pudieron por las medidas de seguridad que él tuvo, entonces vuelven a usar la compra de acciones y es Jorge Homero Fuentes Aragón y Carlos Alfredo Villeda Oliva quienes habían emitido voto disidente cuando fueron convalidadas las acciones, que sólo con esa actitud de estas personas era para que de haber justicia y una verdadera investigación estas dos personas debieron ser investigadas por encubridoras de lo que estaba pasando en el banco. Puede leerse la confabulación que cometieron porque está contenida en la Prueba número 13 y 14 que hemos mencionado aquí. Por favor lea los archivos que contiene lo que el Ministerio Público está usando para revestir de ilegalidad una operación que fue investigada por los Auditores de la Superintendencia de Bancos y como no hay delitos ahora el Ministerio Público y el Mandatario del Banco de los Trabajadores, quieren que sea condenado “aunque sea con la mínima pena” y el Juez de Sentencia lo condene como “autor”, cuando a estos infames se les olvidó que en la prueba que ofrecieron de acusación número 2, página 30 literal “d” acusaron al otro imputado de ser el autor y se extienden en dicha participación como el ideólogo, pero a los otros dos coimputados el Ministerio Público y el Banco de los Trabajadores a través de la orden que le dieron al Fiscal, dijeron al juez contralor que delitos para ellos dentro de la acusación no habían, sin presentar ningún fundamento legal ni documentación y lo relevante, que fueron acusados en igualdad de circunstancias. Ante esto, el juez contralor sobreselló  en primera instancia también para Álvaro Erik Montes. Pero por sus denuncias de impacto y por negarse a entregar las pruebas materiales comprometedoras de lavado de dinero le siguieron persiguiendo aún no haya cometido ningún delito. Y lo más aberrante es que en la acusación presentada al Tribunal de Sentencia, no se dignaron a sacar las acusaciones de los dos coimputados ni las pruebas materiales en contra de ellos que serviría para “sustentar la acusación” pero igual la están usando para acusar a Álvaro Erik Montes Echeverría, siendo esto ilegal, porque la persecución penal es personalísima, pero como no hay ninguna acción delictiva para demostrarle al Juez, entonces el Mandatario del banco y el Fiscal del Ministerio Público sólo hablan de actos que realizaron terceras personas, pero ninguna de ellas está siendo perseguida penalmente y no pueden demostrar ninguna relación con Montes Echeverría. Así es la justicia que se aplica en Guatemala.

Anexo 1: CONFABULACIÓN DE JORGE HOMERO FUENTES ARAGÓN Y CARLOS ALFREDO VILLEDA OLIVA, QUIENES NO PODÍAN VOLVER A REQUERIR LO MISMO EN UNA OPERACIÓN QUE ESTABA FIRME CON DICTÁMENES FAVORABLES:

Anexo 2: DESPUÉS DE LAS INVESTIGACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA Y DE FUNCIONARIOS QUE EMITIERON DICTÁMENES FAVORABLES, SE APROBÓ LA COMPRA DE ACCIONES HECHA EN AGENCIA ANTIGUA, CON DOS VOTOS DISIDENTES

DENUNCIA A LA PRENSA NACIONAL E INTERNACIONAL QUE LLEVA REGISTRADOS LAS DIFERENTES VIOLACIONES QUE SE VIENEN DANDO EN EL ORGANISMO JUDICIAL Y EL MINISTERIO PÚBLICO DE GUATEMALA, PARTICULARMENTE EN EL CASO DEL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA, POR HABER DENUNCIADO LAVADO DE DINERO, NARCOTRÁFICO Y CORRUPCIÓN COMETIDO POR EXDIRECTORES Y EXFUNCIONARIOS EN EL BANCO DE LOS TRABAJADORES

Thursday, August 10th, 2023

Cómo no tiene pruebas materiales el Ministerio Público y la Querellante adhesiva para sustentar la acusación que hicieron por los delitos de Uso De Documentos Falsificados, Falsificación De Documentos y Caso especial de Estafa, ahora están buscando la forma para crear un delito de notariado que él tampoco cometió y para ello se valieron del litigio malicioso que sólo en Guatemala puede suceder.

Dentro de las Pruebas Testimoniales que fueron ofrecidas por el Ministerio Público y aceptadas en la audiencia de ofrecimiento de pruebas, está la comparecencia del Notario René García Salas para que, dentro del Debate instado, declare que vio llegar a Álvaro Erik Montes Echeverría junto al Promotor de Negocios Vitelio Samayoa Tinti a la Agencia ubicada en la Antigua. Sin embargo, el Notario García Salas en audiencia, al prestar su declaración expresó: que él no conoce al Licenciado Álvaro Erik Montes ni al Promotor Vitelio Samayoa, nunca los había visto. Inmediatamente el Fiscal que representa al Ministerio Público le formula preguntas respecto a Escrituras Públicas que él como Notario realizó; hubo oposición de parte de la Defensa, porque no fue propuesto para testificar sobre escrituras públicas, sin embargo, violándose el Código Procesal Penal en el artículo 181.- Objetividad. Último párrafo en donde dice: Durante el juicio, los tribunales sólo podrán proceder de oficio a la incorporación de prueba no ofrecida por las partes, en las oportunidades y bajo las condiciones que fija la ley.

El Notario René García Salas, en respuesta al Fiscal Del Ministerio Público, responde como faccionó las escrituras, quien lo contrató y lo concerniente a su trabajo; quedó grabado en la audiencia del debate, que en ningún momento Álvaro Erik Montes Echeverría tuvo intervención en la contratación ni realización de las escrituras, además que García Salas ya había expresado no conocerlo, con ello demostramos las falsedades dentro de este proceso y se confirma que la persecución penal es derivada a los delitos de impacto denunciados por Álvaro Erik Montes Echeverría.

La persecución Penal, es personal, de haber cometido un delito cualquier persona aún sea el Notario, sería un delito propio que no lo puede utilizar el Ministerio Público endosándoselo para construir su plataforma fáctica al Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría como maliciosamente pretende.

El Licenciado Dante Marinelli, afirma: …el Notario, en su carácter de Fedatario tiene depositada la Fe Pública del Estado ante los particulares, considerando que el valor que tiende a realizar el Derecho Notarial es la seguridad jurídica, cualquier mal uso que se le diera a la Fe Pública, traería como consecuencia una desconfianza entre particulares y el desconocimiento del Notario, en su carácter de fedatario, por parte del Estado, pues generaría una inseguridad jurídica.

Por tal motivo realizamos la presente denuncia porque si al Ministerio Público le constó un hecho delictivo de cualquier persona, la responsabilidad era presentar la denuncia correspondiente.

 Las argucias maliciosas cometidas por el Ministerio Público, es que la actuación del Notario no tiene absolutamente ninguna relación con estos delitos simulados por lo que están persiguiendo al Licenciado Montes, ahora, que el Ministerio Público y el Abogado del banco se enteraron a través del desarrollo del Debate, que la compra de acciones fue un negocio legítimo y que el licenciado Montes no tuvo ninguna participación, pretenden darle otro enfoque a ésta prueba testimonial, para seguirle perjudicando.

LA DEBACLE EN EL SISTEMA DE JUSTICIA QUE SE ESTÁ DANDO EN GUATEMALA A TRAVÉS DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS TRIBUNALES, NO ES DE AHORA, SIEMPRE ESTAS INSTITUCIONES FUERON SOBORNADAS PARA QUE FUERAN LIGADAS A PROCESOS CON DELITOS SIMULADOS LAS PERSONAS O LÍDERES QUE SE OPONÍAN A DIFERENTES ACCIONES CORRUPTAS, LAVADO DE DINERO O NARCOTRÁFICO Y, EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS PREVALECIÓ LA MUERTE DE LÍDERES INOCENTES.

Wednesday, July 26th, 2023

Este es el caso del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría, en donde una compra de acciones realizada por un Promotor de Negocios debidamente autorizado por el Banco de Los Trabajadores y dos Empresarios que relatan en su declaración testimonial, los motivos que tuvieron para realizar esa operación financiera, los Directores y Funcionarios que fueron denunciados por realizar operaciones ilícitas, con el apoyo de algunos Fiscales, Jueces y Magistrados, revistieron de ilegalidad esta operación en donde los Auditores de la Superintendencia de Bancos en la investigación que realizaron por esa venta de acciones realizada en Agencia Antigua confirmaron que fue legal y que cumplió con los requisitos del banco de Los Trabajadores contenidos en el Reglamento para adquirir Acciones. Léase las declaraciones de los Empresarios, los dos confirman que primero fue anulada esa venta y posteriormente fue convalidada por la Junta Directiva, para volverla a anular en el año 2007. A partir de esa fecha es que los ex directores que fueron denunciados por lavado de dinero y otros delitos, como venganza empezaron a sobornar a diferentes autoridades para convertir esa venta en una acción delictiva. Sin embargo para los Abogados honestos y la Comisión Interamericana De Derechos Humanos, a través de estos documentos podrán examinar esta infame persecución que ha durado 16 años, porque el Licenciado Álvaro Erik Montes Echeverría no aceptó negociar su dignidad y honradez ante los verdaderos delincuentes que fueron capturados en el año 2016 y que acumularon dentro de la institución bancaria más de 34 millones que les fueron congelados. ¿Juzgue usted, de dónde proviene ese dinero de dos exdirectores y a qué se debe la persecución de Álvaro Erik Montes Echeverría?

TESTIMONIO DEL GERENTE DE LA EMPRESA DE SEGURIDAD Y LOS MOTIVOS QUE TUVO PARA COMPRAR ACCIONES A SUS TRABAJADORES.

DECLARACIÓN TESTIMONIAL DEL GERENTE GENERAL DE LA CASA DE BOLSA ÚTIL VALOR Y EL SIGNIFICADO DE LA ACCIÓN DE REPORTO QUE CELEBRÓ CON EL GERENTE DE LA EMPRESA DE SEGURIDAD, ASÍ COMO LA INTERVENCIÓN DE SU ABOGADO DEFENSOR EN DONDE LE EXPRESA AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO QUE EN ESA VENTA DE ACCIONES NO HAY NINGÚN DELITO Y LO QUE SE ESTÁ SENTANDO ES UNA BASE DE DELITOS SIMULADOS.

A LA PRENSA NACIONAL Y EXTRANJERA, A LOS DERECHOS HUMANOS Y A LOS CIUDADANOS QUE HAN VENIDO SIGUIENDO DE CERCA ESTA PERSECUCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y DEL BANCO DE LOS TRABAJADORES DE GUATEMALA CON DELITOS SIMULADOS, EN CONTRA DE ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA, 16 AÑOS DE ESTAR PIDIENDO LAS PRUEBAS QUE SUSTENTAN ESTA ESPURIA ACUSACIÓN, PARA PODER HACER UNA DEFENSA DIGNA, SÓLO POR SOBORNOS Y TRÁFICO DE INFLUENCIAS EN EL ORGANISMO JUDICIAL DE GUATEMALA SE PUEDE ENFRENTAR UN DEBATE SIN QUE EL ACUSADO CONOZCA LOS MEDIOS DE PRUEBAS, A ESTO SE LE CONOCE COMO FUERO ESPECIAL.

Wednesday, July 12th, 2023

CUANDO USA EL CRIMEN ORGANIZADO AL MINISTERIO PÚBLICO PARA REVESTIR DE ILEGALIDAD UNA INVESTIGACIÓN LA CUAL NO ENTENDIERON QUE FUE UNA OPERACIÓN INVESTIGADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, SIN IMPORTAR PONER EN DUDA AL ENTE FISCALIZADOR DE BANCOS Y ASEGURADORAS, DEBERÍA DE CAER TODO EL PESO DE LA LEY EN VIRTUD QUE LOS USUARIOS NO PODRÍAN CONFIAR EN LAS AUDITORÍAS REALIZADAS, EN EL PRESENTE CASO LA ESTÁN USANDO EN CONTRA DEL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA.

Sunday, July 9th, 2023

El Ministerio Público y el Banco de Los Trabajadores de Guatemala con el ánimo de que sea condenado “aunque sea por un delito” sin importar que sea inocente el Licenciado Álvaro Erik Montes Echeverría, como consecuencia de haber denunciado lavado de dinero, corrupción y narcotráfico cometida por ex directores y ex funcionarios de dicha institución, han presentado este informe que contiene la auditoría realizada al 30 de junio del año 2006 y presentada dentro del expediente 1604-2006 el once de octubre de dos mil seis realizada por Auditores de la Superintendencia de Bancos y Aseguradoras, prueba reina en el argot de los Abogados ofrecida por el banco y por el Ministerio Público contenidas en el numeral 24 y 26 dentro de las Pruebas documentales ofrecidas por el MP, en la audiencia de ofrecimiento de pruebas,  para demostrar la culpabilidad de los delitos que le fueron inventados al Abogado Montes,  sin embargo, esa prueba lo que hace es demostrar la inocencia del abogado Montes, y el peligro de la credibilidad de la Superintendencia de Bancos, al pretender dar un revestimiento de delitos en contra del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría, los cuales no fueron expresados dentro de ese expediente por el Ente investigador. Por tal motivo, ponemos a la vista de los ciudadanos honrados y decentes,  Organismos Internacionales, de los Derechos Humanos, De la Prensa Nacional y Extranjera este documento para el análisis jurídico respectivo y vean el linchamiento que se sufre al denunciar delitos de impacto.

VÉASE LA JUSTICIA FALLIDA EN GUATEMALA, LA ACTUAL JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LOS TRABAJADORES Y EL MINISTERIO PÚBLICO PRESIDIDO POR LA FISCAL GENERAL DOCTORA MARÍA CONSUELO PORRAS ARGUETA, A TRAVÉS DE LA UNIDAD DE DELITOS RELACIONADOS CON BANCOS, ASEGURADORAS Y FINANCIERAS, FISCALÍA DEL CRIMEN ORGANIZADO AGENCIA No.6, MANTIENE UNA ACUSACIÓN CON DELITOS SIMULADOS EN CONTRA DE ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA, POR HABER DENUNCIADO LAVADO DE DINERO, CORRUPCIÓN Y NARCOTRÁFICO COMETIDO POR EXDIRECTORES Y FUNCIONARIOS DE DICHO BANCO.

Thursday, June 29th, 2023

¿De dónde creen que salió la millonaria suma de dinero retenido a exdirectores del banco?

Si fuera objetivo el Ministerio Público en su investigación y no protegiera delincuentes de cuello blanco, esta persecución ya habría terminado, de no ser por los 100 mil quetzales que pagaron de soborno los exdirectores para que prosperara esta denuncia, eso fue al inicio; pero dentro del desarrollo del proceso siguieron sobornando a los magistrados como lo denunciamos en esta página con su respectiva prueba. la Doctora Consuelo Porras delegó a su Secretario Estuardo López para que volviera a investigar el caso del Abogado Álvaro Erik Montes, este Secretario le recibió todos los documentos que contienen los motivos por los cuales fue perseguido por parte de los Directores del banco, le dio la razón y ordenó que la Jefe de la Fiscalía contra el Crimen Organizado Sara Elizabeth Romero, resolviera este caso.

La Fiscal Sara Romero en presencia del Abogado Montes hizo llamar a Diana Julieta Santiago Macal, quien le expresó que pruebas materiales no hay para sustentar esta acusación, sin embargo la jefe de la Fiscalía primero fue cambiada de lugar y después despedida y teniendo la documentación de los motivos por los cuales fue acusado Álvaro Erik Montes así como el testimonio de la Fiscal Santiago Macal que representó en las audiencias al Ministerio Público no resolvió nada.

¿Cuántas personas inocentes estarán purgando en las cárceles por la ineptitud del Ministerio Público?

Lea la Acción De Reporto celebrada entre los dos Empresarios que por mejoras a sus trabajadores les compraron Acciones, siendo esta una prueba material entre otras, presentada por la Defensa del Abogado Montes y Como pudo leer en el anterior artículo se encuentra el Dictamen Favorable suscrito por el Coordinador del Área de Acciones en donde confirma que dicha compra fue legal, ante eso, el Banco de Los Trabajadores y el Ministerio Público siguen violando los derechos del Abogado Montes, persiguiéndole con delitos simulados y convirtiéndose en verdugos de un inocente para favorecer al crimen organizado.

NO EXISTEN PRUEBAS MATERIALES PARA SUSTENTAR EL DEBATE EN EL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DE SACATEPÉQUEZ, EN CONTRA DEL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA, OTRA VIOLACIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO Y DEL ORGANISMO JUDICIAL DE GUATEMALA, PORQUE SE REQUIRIÓ DE PARTE DEL JUEZ QUE SE PRESENTARAN LAS PARTES PROCESALES CON SUS RESPECTIVAS PRUEBAS MATERIALES EL 8 DE JUNIO, EL FISCAL Y EL QUERELLANTE NO LAS LLEVARON. ESTAMOS ANTE UN ESTADO FALLIDO, EN DONDE EL CIUDADANO ENEMIGO DEL CRIMEN ORGANIZADO PODRÁ SER LLEVADO A DEBATE SIN EXISTIR PRUEBAS MATERIALES QUE SUSTENTEN DICHA ACUSACIÓN ANTE EL JUEZ

Friday, June 16th, 2023

A pesar de las múltiples denuncias con pruebas documentales hechas a la doctora Consuelo Porras Argueta, al Secretario Estuardo López y distintos funcionarios de la actual administración del Ministerio Público, se niegan a poner ante el Juez las pruebas materiales y ante la Defensa del Abogado Montes; hasta se interpuso una Acción de Amparo para que le presentaran las pruebas materiales a la Defensa del Licenciado Montes y no prosperó, todavía está engavetada la resolución para que se pronuncie el Ministerio Público acerca de dichas pruebas. Sabemos que no existen porque Ávaro Erik Montes, nunca cometió ningún delito; la persecución ilegal continua y el peligro latente en que se encuentra el Ciudadano honorable que se atreve a denunciar corrupción, lavado de dinero y narcotráfico este es el caso del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría, quien continúa siendo perseguido con delitos simulados por el Ministerio Público y el Banco de Los Trabajadores de Guatemala.

Una vez más señalamos directamente a las dos juezas del Juzgado de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Sacatepéquez, porque sus fallos no fueron apegados a derecho, no fueron imparciales, inclinándose a favor del crimen organizado, al no haber cometido delitos el Licenciado Montes,  no pudieron fundamentar el 10 de abril del año 2013 de acuerdo a las leyes los motivos del por qué lo enviaba a Debate Oral y Público Lidia Rubi Pérez Figueroa, ella en su resolución expresa  “Que es una orden de los Magistrados de la Sala”, entonces cualquier enemigo del crimen, basado en una orden y no por delitos existentes será juzgado en un fuero especial. La segunda Juez es Patricia Elizabeth Gámez Barrera, quien sabiendo que era enemiga declarada del Licenciado Montes porque ella lo amenazó en una audiencia para que él no se defendiera vedándole el Derecho de Defensa contenido en la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 12, en venganza preside la audiencia el 12 de octubre del año 2016, para ofrecimiento de Pruebas; en esa audiencia exclama “Que como se trata de un banco, pues es difícil de entender” al ver que el Ministerio Público no presentó pruebas materiales para sustentar los delitos, sino que únicamente leyó un documento para referirse a lo que presentaría en el Debate, sin embargo ninguno sirve para sustentar el Delito de Estafa, porque no presentó documento de pérdida o deterioro sufrido en el Patrimonio del banco y tampoco presentó documentación fehaciente que demuestre la Falsificación de Documentos y el Delito de Uso de Documentos Falsificados. Estos son los documentos que actualmente se encuentran en el expediente en el Tribunal de Sentencia. siendo esto una verdadera persecución en contra del Abogado Álvaro Erik Montes, porque él, sí ha presentado suficientes pruebas materiales para demostrar su inocencia aún no le corresponde hacerlo.

 Precisamente por quedarse callados los perseguidos por la justicia fallida y no poner a la vista del mundo las violaciones que los juzgadores cometen valiéndose de su investidura condenan a personas inocentes.

 Puede leerse en el artículo anterior publicado en esta página el 8 de junio del presente año, la acusación vertida por el Ministerio Público, aceptada por las juezas corruptas que hemos señalado, para que analicen los Abogados y público en general, que es una acusación espuria, y que viola además de las leyes contenidas, la ley Orgánica del Ministerio Público ARTÍCULO 49. Serán motivo de sanción disciplinaria los siguientes hechos u omisiones:  NUMERAL 7. Hacer acusaciones, pedimentos, formular conclusiones o rendir dictámenes que tengan como base hechos notoriamente falsos, o que no expresen fundamentos legales.

Si el Ministerio Público fuera objetivo e imparcial como rezan sus postulados, no seguirían con una acusación con hechos notoriamente falsos, ni protegería a funcionarios corruptos como es la Fiscal Aura Patricia Wong Pineda, a quien se le acusó por haber presentado un informe con falsedades y si hubiesen investigado a través de las respuestas y pruebas materiales a dicho informe por el Abogado Montes, este caso ya habría concluido.

DENUNCIAMOS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL AL MINISTERIO PÚBLICO DE GUATEMALA, AL ORGANISMO JUDICIAL Y AL BANCO DE LOS TRABAJADORES, PORQUE CON UNA DENUNCIA ESPURIA Y DELITOS SIMULADOS, EL ABOGADO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA SERÁ LLEVADO POR SEGUNDA VEZ A DEBATE ORAL Y PÚBLICO, EN VIRTUD QUE EN EL AÑO 2017 FUE SUSPENDIDO EL PRIMER DEBATE DESPUÉS DE LA CUARTA AUDIENCIA A REQUERIMIENTO DE LA FISCAL DIANA JULIETA SANTIAGO MACAL, QUIEN EXPRESÓ A LA JUEZ DE SENTENCIA DE SACATEPÉQUEZ QUE PRUEBAS MATERIALES NO HAY PARA SUSTENTAR DICHO DEBATE.

Thursday, June 8th, 2023

Durante quince años el Abogado Álvaro Erik Montes ha sufrido persecución de parte de Fiscales, Jueces y Magistrados que a través de tráfico de influencias y el pago de sobornos que se hiciera para que prosperara la denuncia en el Ministerio Público, así como el pago que se hizo para que fuera enviado a debate y condenado según lo expresó el ex mandatario del banco en Antigua Guatemala y dichas pruebas materiales fueron entregadas a los Secretarios Generales  del Ministerio Público, sin que nadie a la actual fecha hiciere nada. Una persona inocente por la ineptitud de quienes han dirigido el Ministerio Público, volverá a enfrentar a sus verdugos, porque no ignoran que es una persecución por haber denunciado lavado de dinero y narcotráfico cometido por Ex Directores y Ex Funcionarios dentro de la institución bancaria. Recordamos al Ministerio Público que no se opuso legalmente, cuando el mismo Mandatario del Banco de Los Trabajadores le dijo a la Juez en la audiencia del diez de abril del año 2013 para que el acusado fuera enviado a Debate, su argumento fue: “Que dentro del Proceso instruido lo que había eran puros adornos, que el acusado, refiriéndose a Álvaro Erik Montes Echeverría lo que quería a futuro era apoderarse del banco”… consintiendo ésta aseveración la Agente Fiscal Diana Julieta Santiago Macal, a quien se le denunció y no prosperó la denuncia. De esa manera la Juzgadora no pudo fundamentar legalmente las razones de hecho y de derecho por los cuales enviaba a Debate al Señor Montes, limitándose a expresar “QUE ERA UNA ORDEN DE LA SALA”, sin embargo las leyes internas del país determinan que es obligación fundamentar en la ley los motivos por los cuales una persona enfrentará Debate y en palabras claras exponer los motivos de forma y fondo. Así que una vez más les pedimos que por favor nos acompañen, en virtud que las violaciones de los Derechos Humanos del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría que se han dado durante este proceso, están a la vista en esta página y por esos motivos aún siendo las audiencias de Debate Oral y Público como lo expresa el postulado, no se permite que se graben las audiencias para conocimiento de la población guatemalteca y de los Derechos Humanos Protegidos internacionalmente.

ESTA ES LA ACUSACIÓN VERTIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, según las características del Código Procesal Penal, Capítulo II acerca de la Acusación contenida en el Artículo 332, Numeral 2.

II.-  DE LA RELACIÓN CLARA PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO PUNIBLE Y CLASIFICACIÓN JURÍDICA, POR EL DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS:

Únicamente pueden comprar acciones comunes los trabajadores que tengan relación de dependencia laboral…, hasta por un monto de DOS MIL ACCIONES COMUNES cada uno. Y con el propósito de tomar el control de CIENTO DIECINUEVE MIL SEISCIENTAS ACCIONES COMUNES.

Para formalizar la compraventa de dichas acciones, indujo directamente al Asesor Financiero del Banco Abraham Vitelio Samayoa Tinti (Por la jerarquía que ejercía en el banco y por el hecho de que antes de ingresar fueron compañeros de trabajo, además de haberle dado la oportunidad de trabajar en el banco) y a los gerentes generales y representantes legales del Cuerpo Profesional de Seguridad S.A (Por razón de amistad e interés, porque el dinero les fue proporcionado a través de su persona proveniente de la entidad UTIL VALOR S.A., Oscar René González Reyes, por la jerarquía que usted ostentaba como miembro de la entidad del Consejo de Administración, de esta forma pudo ejercer toda su influencia para que insertaran y en algunos casos convencieran a los trabajadores de esas empresas. Para insertar falsamente declaraciones contrarias a la verdad en sesenta solicitudes de compra de acciones. (CITAN LOS 60 NOMBRES DE LOS COMPRADORES). Después de citar los nombres de los adquirientes, expresan que los formularios no fueron proporcionados por el banco y con lo que se pretendía probar falsamente que sesenta trabajadores querían adquirir acciones, expresa el Ministerio Público, que el 90 x % del dinero fue proporcionado por Álvaro Erik Montes. Y vuelve a expresar que indujo al Asesor Financiero para que insertara declaraciones contrarias a la verdad y que los formularios no fueron proporcionados ni llenados en la Agencia como era el procedimiento y cuya procedencia se ignora.

ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO POR EL DELITO DE USO DE DOCUMENTOS FALSIFICADOS

…Con pleno conocimiento que sólo pueden comprar acciones comunes los trabajadores que tengan relación de dependencia laboral, los sindicatos, de trabajadores, las cooperativas y organizaciones similares de trabajadores hasta por un monto máximo de dos mil acciones comunes cada uno, con el propósito de tomar el control de CIENTO DIECINUEVE MIL SEISCIENTAS ACCIONES COMUNES, para formalizar la compraventa usó la documentación falsificada que adelante se detalla, ya que a sabiendas que tanto el Asesor Financiero del banco, Abraham Vitelio Samayoa Tinti, así como los Gerentes Generales y Representantes Legales de las Entidades, Cuerpo Profesional de Seguridad, S.A y de ÚTIL VALOR, S.A, Rafael Arturo Tobar Carranza y Oscar René González Reyes, insertaron y en algunos casos convencieron a trabajadores de las entidades Útil Valor, S.A y Cuerpo Profesional de Seguridad, S.A, para insertar falsamente declaraciones de voluntad que son contrarias a la verdad en sesenta solicitudes de compra de acciones comunes (CITA LOS NOMBRES DE LOS ADQUIRIENTES)

ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO POR EL DELITO DE CASOS ESPECIALES DE ESTAFA:

Expone al igual que en los otros dos delitos que sólo pueden comprar acciones comunes los trabajadores con dependencia laboral y un máximo de dos mil acciones por trabajador, expresa que el propósito era tomar control sobre la compra de Ciento diecinueve mil seiscientas acciones y que para formalizar la compra- venta de las mismas engañó al banco, utilizando documentación que sabía que contenía declaraciones falsas. Expresa que desde principios del mes de junio hasta el día 8 de junio de 2006 había inducido al Asesor Financiero del banco Abraham Vitelio Samayoa Tinti y a los Gerentes y Representantes Legales de las Entidades Cuerpo Profesional de Seguridad S.A, y de Útil Valor S.A, Rafael Arturo Tobar Carranza y Oscar René González Reyes, para insertar y en algunos casos convencer a trabajadores para insertar falsamente declaraciones de voluntad que son contrarias a la verdad en sesenta solicitudes.  (CITA EL NOMBRE DE LOS 60 ADQUIRIENTES). Expresa que los formularios no fueron proporcionados por el banco y que a sabiendas que el Asesor Financiero Abraham Vitelio Samayoa Tinti había insertado declaraciones que son contrarias a la verdad en sesenta formularios, e identifica los recibos de caja. EXPONE QUE EL DINERO FUE PROPORCIONADO EN UN NOVENTA POR CIENTO POR ÚTIL VALOR S.A, defraudó al Banco de Los Trabajadores, ya que con base en esos documentos que contenían datos falsos y ocultando la procedencia del dinero, celebró la compraventa de dichas acciones… y por esos motivos su conducta encuadra en tipo penal de CASO ESPECIAL DE ESTAFA.

Esa es la Acusación vertida por el Ministerio Público de Guatemala, en los próximos días, conforme se desarrolle el Debate, expondremos los argumentos y pruebas materiales que demuestran las falsedades de esta acusación, así como la inocencia del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría.