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POR LOS TRES DELITOS QUE LE FUERON IMPUTADOS FUE ABSUELTO POR EL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DE SACATEPÉQUEZ EL ABOGADO Álvaro Erik Montes Echeverría

Friday, December 29th, 2023

Por ese motivo lo compartimos a la Prensa Nacional y Extranjera, a los Derechos Humanos, a los guatemaltecos que han acompañado y seguido de cerca este caso, a los que han sufrido de una vil persecución penal siendo inocentes por haberse atrevido a denunciar delitos de impacto social y a los que han enfrentado Debate Oral y Público con delitos simulados a través del sistema judicial de Guatemala, cómo es el presente caso.

Desde hace más de 17 años a través de diferentes medios de información pública se denunció esta persecución penal y los motivos por parte de los Directores del Banco de Los Trabajadores de Guatemala y el Ministerio Público en contra del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría, comenzó porque él denunció lavado de dinero,  narcotráfico, así como grave corrupción que se estaba cometiendo por Directores y Funcionarios del banco, lo que no ignora la actual junta directiva del banco.

Para poder darle forma y relevancia a esta persecución según la querella, figuraron más de 65 personas como acusadas y principalmente sólo 3 fueron los perseguidos, siendo Jorge Eduardo Avilés Salazar, Cristina Judith Ortiz Ramírez y Álvaro Erik Montes, de las dos primeras el Banco le ordenó al Ministerio Público que presentara sobreseimiento cuando ya había presentado la acusación para que enfrentaran los 3 sindicados debate oral en igualdad de circunstancias y por los mismos delitos. De tal manera que por no haber aceptado el Lic. Montes la negociación que en casa presidencial le hicieron Sergio Aníbal Hernández Lemus y Eduardo José Liu Yon, fue el único que enfrentó el Debate Oral.

Cabe señalar, que en el año 2,009 el Juez Edwin Roberto Peñate Girón sobreseyó a favor de Álvaro Erik Montes Echeverría  los delitos vertidos en esta acusación, y fue preciso al señalar que si no habían delitos para los otros dos acusados tampoco había para el señor Montes Echeverría, sin embargo el Fiscal Herlin Abraham Colocho Herrera (este fiscal por otro caso, fue detenido y acusado penalmente) y el mandatario del banco apelaron esa sentencia de primer grado ante la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones. Debido a que los magistrados de esa época fueron sobornados como lo expresó el mandatario en la Antigua, para que resolvieran a favor de los Directores que pagaron por la resolución, cuando regresó el expediente al Juzgado de instancia, presidió la audiencia Lidya Ruby Pérez Figueroa, esta juez no fundamentó el fallo de los motivos por los cuales envía a Debate al Abogado Montes, ella expresa categóricamente que es una “orden de los magistrados” tampoco verificó que hubiesen pruebas materiales para sustentar la acusación, aceptó la versión del mandatario del banco que a futuro el señor Montes se quería quedar con el banco cuando la legislación de Guatemala no contempla que un ciudadano sea juzgado por delitos que no ha cometido, sólo porque a sus enemigos videntes se les ocurrió lo que pasaría en un futuro y la fundamentación legal de la juez versó por “la orden que ella dijo que recibió de los magistrados”. Cuando este caso sea revisado internacionalmente saldrá a luz en manos de quienes está la aplicación de justicia guatemalteca y las grandes violaciones que se cometen.

El 12 de octubre del año 2016, la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera, habiéndose declarado enemiga del Abogado Montes, presidió la audiencia para aportación de ofrecimiento de pruebas que servirían para enfrentar el debate. La sorpresa es que ni el querellante ni la fiscal Diana Julieta Santiago Macal, presentaron ante la Juez Patricia Gámez ninguna prueba material para entregar al acusado y a su Abogado Defensor, únicamente se leyó un listado en donde todavía se encontraban los otros dos coimputados que fueron acusados por los mismos delitos junto al Abogado Montes, así que no tuvo de conocimiento ninguna prueba material para poder defenderse.

El 25 de mayo del año 2017, da comienzo el Debate Oral y Público en el Tribunal de Sentencia Penal de Sacatepéquez, presidido por la juez Aura Engracia Pérez de Chiapas, iba la cuarta audiencia sin que el mandatario del banco ni la fiscal Diana Julieta Santiago Macal presentaran las pruebas materiales de acusación y en vista que no habían, le solicitaron a la juez que se suspendiera indefinidamente el debate. Ante esa situación el Abogado Montes presentó diferentes denuncias ante el Ministerio Público, las cuales seguirán durmiendo el sueño de los justos porque nunca prosperaron, a pesar que la fiscal Santiago Macal le expresó a la jefe Sara Elizabeth Romero, de la fiscalía del Crimen Organizado que no existían pruebas materiales para poder sustentar esa acusación, sólo con esa declaración era suficiente para que hubiese actuado la señora Romero y la Fiscal Aura Patricia Wong Pineda, presentó un oficio con falsedades el cual tuvo conocimiento la Subsecretaria Dilma Samayoa para poder llevar a debate al Abogado Montes, y a pesar que le dio la razón al Licenciado Montes por las pruebas materiales de descargo que le presentó,  Dilma tampoco  hizo nada, más que proteger a los malos fiscales y seguir generando impunidad en el Ministerio Público.

Con la insistencia legal del Abogado Montes, se reanudó la fecha para enfrentar el segundo debate, el cual dio inicio el 08 de junio del año 2023, consta en audios de las diferentes audiencias del debate, que Álvaro Erik Montes Echeverría no tuvo conocimiento de la documentación que contenía su acusación, así como tampoco tuvo en su haber ninguna prueba material de acusación, es hasta en la cuarta audiencia en donde se escucha en el audio la súplica que Montes Echeverría le hace al juez contralor para que el Fiscal Daniel Iván Hernández Son le proporcione las pruebas y documentos para que él pueda tener una defensa digna. Hasta en la octava audiencia le terminan de dar documentos que presentaron en el listado, sin embargo, ninguno de esos documentos contenidos en el listado y presentados al juez de sentencia, constituye prueba material de los 3 delitos que le endilgaron. Si no hubiesen sobornado a la Justicia guatemalteca con las pruebas de descargo presentadas por Álvaro Erik Montes Echeverría el caso se habría terminado con la sentencia emitida por el Juez contralor de la causa Edwin Roberto Peñate Girón.

Es inaudito el silencio cómplice del Colegio de Abogados en estos casos de persecución con delitos simulados y que los Abogados carecen de ética cómo es el caso del mandatario del Banco de Los Trabajadores de Guatemala, señor Otto Alejandro Sierra Palencia, nunca se sabe en Guatemala quien termina siendo perseguido, sin embargo las actuaciones en juicio quedarán para la posterioridad y estudio de generaciones en formación de la carrera de Abogados…

Este fue el segundo mandatario del Banco de Los Trabajadores, que a viva voz al presentar las conclusiones expresa que “comprar acciones no es delito” ¿Y para ese gran descubrimiento se ha perseguido al Abogado Montes durante más de 17 años? Cuando no ignora Sierra Palencia que dentro de las pruebas que presentó el Ministerio Público y la Defensa del Abogado Montes están los dictámenes favorables para esa venta de acciones que no constituye acción delictiva y que fueron emitidos por los 4 diferentes Funcionarios del banco, en donde hacen ver que no hubo ni Uso de Documentos Falsificados, tampoco Falsificación de Documentos y para sustentar el delito de Caso Especial de Estafa, este abogado Sierra Palencia expresó en forma absurda y temeraria, que el banco sufrió pérdida económica al devolverle el dinero a los empresarios que les compraron acciones a sus trabajadores a través del Promotor de Negocios, con la complicidad y silencio del Ministerio Público, en virtud que nunca hubo ninguna pérdida en el patrimonio del banco como quedó demostrado en el Debate. En pocas palabras esa ha sido la persecución con delitos simulados en contra del Abogado Álvaro Erik Montes Echeverría por haber denunciado al crimen organizado dentro de la institución bancaria y para que el mundo juzgue, esas son las brillantes conclusiones del Abogado Otto Alejandro Sierra Palencia, quien a sabiendas que la acusación no constituye delito, desde el principio quiso sorprender requiriéndole a la defensa del Abogado Montes un criterio de oportunidad para que el licenciado Montes fuera condenado aunque fuera por un pequeño delito como él lo expresó, que fácil para Sierra Palencia afectar la dignidad  de las personas inocentes. Si Álvaro Erik Montes Echeverría no se vendió por los cinco millones que le ofrecieron por entregar las pruebas de lavado en su poder y aguantó la persecución en su contra por más de 17 años, ¿Cómo iba a pensar Sierra Palencia que Álvaro Erik Montes Echeverría podría aceptar tan perverso ofrecimiento?

La dignidad de las personas inocentes no está en venta, no debe mancillarse cuando se ha denunciado delincuentes  de cuello blanco, y que la actual Junta Directiva del Banco de Los Trabajadores y el Ministerio Público lo sabe.

 A pesar de haber malos juzgadores, y haber enfrentado con muchas vicisitudes esta terrible persecución penal, también hay que reconocer que no todos los Juzgadores son corruptos y que por segunda vez fue absuelto de los delitos que le fueron endilgados por haberse atrevido a defender una institución bancaria que es de los trabajadores de Guatemala.