¿SERÁ FALTA DE CONOCIMIENTO JURÍDICO DEL JUEZ ELDER ROCAEL GIRÓN ÁLVAREZ, O LOS DIRECTORES DEL BANCO SIGUEN COMPRANDO LA JUSTICIA?
El Juez expresó al dictar su resolución dentro de la audiencia del 02 de junio de 2014, que resolvía sin lugar esta excepción de Falta de Acción en virtud que el Banco de los Trabajadores de Guatemala, no ha desistido, óigase en el audio.
La falta de conocimiento de leyes de este juzgador, pone en peligro la seguridad de las personas y vulnera los derechos inherentes a la persona para ser sujetos de un juicio justo y ecuánime, el Licenciado Álvaro Erik Montes, lo que está demostrando con la EXCEPCIÓN DE FALTA DE ACCIÓN es la falta de LEGITIMACIÓN del Ministerio Público y de los Directores del Banco de Los Trabajadores de Guatemala y la persecución paralela de grupos oscuros enquistados en los Tribunales de Justicia.
A la Prensa Nacional e Internacional, a las Organizaciones Religiosas, a los Derechos Humanos, y al público en general, hacemos de su conocimiento lo siguiente:
El Abogado Álvaro Erik Montes, ha sufrido persecución jurídica política por parte de los directores Sergio Aníbal Hernández Lemus, Vinicio Alejandro Rodríguez Barrientos, Eduardo José Liu Yon, Jorge Homero Fuentes Aragón, Ronald Giovanni García Navarijo, Edwin Rafael Méndez Tello, Juan Miguel Arita España y el ex presidente Carlos Alfredo Villeda Oliva del Banco de Los Trabajadores, así como del estado de Guatemala, a través del Ministerio Público, y de los Tribunales de Justicia, sin que estén legitimados para hacerlo, nuestro ordenamiento jurídico es basto, protege a las personas en sus derechos fundamentales, lamentablemente cuando hay actos ilegales e intereses oscuros y se denuncian ante las autoridades correspondientes como lo hiciera el Lic. Montes, pareciera que la justicia se hace sorda, no ciega, porque solo mira de que cantidad de dinero es el soborno y se le olvida que también ella tarde o temprano será señalada por corrupta, ese es el caso de los jueces y magistrados que se han prestado a perseguir a un inocente, el artículo 24 ter del Código Procesal Penal manifiesta en que situaciones el Ministerio Público actuará de oficio representando al estado de Guatemala, en los casos de Estafa, el 15 de mayo se llevó a cabo una audiencia en el Juzgado de Primera Instancia Penal de antigua, para que el Banco de los Trabajadores a través de su mandatario expusiera y documentara junto al Fiscal del Ministerio Público, en donde sufrió pérdida en su patrimonio dicho banco, como no lo pueden probar como lo hizo el Lic. Montes en la audiencia de excepción por falta de acción, los mandatarios utilizando al fiscal del Ministerio Público de mensajero, le avisaron a la juez que no asistirían. Ahora se ha fijado la audiencia para el día 02 de junio en la sede del juzgado, ojalá que el juez que presida dicha audiencia no se venda, que se aplique la ley como corresponde, y valore los argumentos y pruebas presentadas por el Abogado Marco Antonio Quiñonez Flores, Defensor del Lic. Álvaro Erik Montes, necesitamos un cambio en nuestras autoridades judiciales, estamos cansados de tanta injusticia.
El Ministerio Público y el Banco no tienen legitimación para perseguir penalmente este caso
Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, resuelven que no ha lugar el Antejuicio planteado por el Abogado Álvaro Erik Montes, en contra de la Juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera.
Guatemala está considerada como un Estado Fallido, sin embargo, los guatemaltecos seguimos luchando y denunciando los atropellos, que cometen nuestras máximas autoridades, en este caso los encargados de velar porque se cumplan las leyes.
Establece el Decreto número 85-2002, los procedimientos para el trámite de las diligencias de antejuicio, mismos que fueron violados por los Magistrados de la “Honorable” Corte Suprema de Justicia, en virtud que se negaron a nombrar un Juez Pesquisidor como lo ordena la Ley en Materia de Antejuicio, para que fuera este Juez Pesquisidor quien después de analizar todos los elementos emitiera un dictamen.
La Corte de Constitucionalidad expresa: “…El antejuicio constituye una garantía para ciertos funcionarios expuestos sensiblemente a incriminaciones por actos realizados en ejercicio de su cargo, aparte de aquellos que puedan imputarse cometidos en su carácter particular, y se ha instituido no sólo para protegerlos de la posible ligereza en la sindicación sino también para que las potestades de que están investidos no se vean interrumpidos injustificadamente con menoscabo de la continuidad y eficacia de tales funciones. Se resuelve como examen previo, si ha lugar o no a proceder criminalmente contra los funcionarios investidos de dicho privilegio.
Resulta obvio que el antejuicio debe comprender dos elementos sustanciales: a) La configuración de actos u omisiones que la ley penal repute como delitos; y b) que vincule de manera directa la posible responsabilidad del funcionario señalado..” (Gaceta Nº51, exp. 336-98, pág. 510, sentencia: 09-02-99)
El Abogado Álvaro Erik Montes, al plantear esta denuncia en contra de la Juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera, está cumpliendo con los dos elementos esenciales que señala la Corte de Constitucionalidad antes mencionados, y que se encuentran enmarcados en el Código Penal Guatemalteco, citaremos algunos artículos, el 202, que establece los motivos de discriminación, que viola la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera, al negarle al Abogado Álvaro Erik Montes, “El ejercicio de un derecho legalmente establecido…” en este particular caso para que se defienda y presente todas las acciones, documentos y medios a su alcance para probar su inocencia, lo cual ha sido coartada a través de la amenaza directa recibida por la juez y ahora amparada en el manto de la impunidad de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El artículo 214 del Código Penal Guatemalteco, la juez Gámez Barrera acude a la coacción y amenaza, al intimidar a través del desplegado que entregó con una advertencia, para qué deje de hacer lo que la ley no le prohíbe al Abogado Montes.
Con la resolución de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, están vedándole el DERECHO DE DEFENSA, constituido en la Constitución de la República de Guatemala y consintiendo la impunidad con la prepotencia que actuó la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera
El segundo elemento mencionado por la Corte de Constitucionalidad, corresponde a la conducta que tuvo la juez Patricia Elizabeth Gámez Barrera, al violar la presunción de inocencia, “El imputado no puede ser considerado ni tratado como culpable, puesto que por mandato constitucional es inocente hasta que una sentencia firme muestre la materialidad del hecho y la culpabilidad probatoria y valoración de prueba para ser desvirtuada.
Si se le niega a cualquier imputado que presente los recursos disponibles legalmente, se le está coartando los derechos legalmente protegidos en nuestro ordenamiento jurídico vigente y demás tratados y convenios que Guatemala es signataria.
Por esa nefasta resolución de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, hacemos pública esta denuncia, para que las Organizaciones Sociales, y Comisiones de Postulación, que se encargarán de valorar la conducta jurídica, moral y ética de los próximos Magistrados, tomen a consideración, El Principio de Imparcialidad: Este principio es base insustituible y esencial de la administración de justicia, es el principio que hace efectiva la garantía de que deben disfrutar todos los ciudadanos en una sociedad civilizada, la de la igualdad ante la ley, constituida en el artículo 4 de nuestra Constitución , de ahí que para ocupar dichos cargos sea la honestidad, para que todos los ciudadanos estemos garantizados que se respetará el derecho de defensa y por ende el debido proceso.
Con lo expuesto en esta denuncia evidenciamos el tráfico de influencias que sigue siendo la forma de operar de estos servidores públicos que tienen la vida material y jurídica de muchos ciudadanos inocentes, como el presente caso del Abogado Álvaro Erik Montes, esperando que prevalezca la honestidad e imparcialidad, que debe regir en los juzgadores encargados de aplicar equitativamente la justicia.
El diario El Periódico de Guatemala publicó una noticia con el titulo “Irregularidades en el Bantrab”. Se refería a operaciones de préstamos concedidos al señor Obdulio Chinchilla Vega.
Como no estuvieron de acuerdo con lo que publicó el Periódico, el ofendido Banco de los Trabajadores de Guatemala, El Periódico, les concedió el derecho de respuesta.
Sin embargo, el día martes 21 de 2013 a las 10:00 A.M., se llevará a cabo, el DEBATE ORAL Y PÚBLICO, en la sede del Tribunal Duodécimo de Sentencia Penal, en el segundo nivel (NO en la Torre de Tribunales) sino en la 4ta calle 7-31 de la zona 1 de la Ciudad de Guatemala. EN CONTRA DEL CIUDADANO ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA.
Esta es una venganza por parte de los Directores, Sergio Aníbal Hernández Lemus, Juan Miguel Arita España, Eduardo José Liu Yon, Eswin Rafael Méndez Tello, Vinicio Alejandro Rodríguez Barrientos, Jorge Homero Fuentes Aragón, Ronald Giovanni García Navarijo y el ex presidente Carlos Alfredo Villeda Oliva, del Banco de los Trabajadores, en virtud que el Señor Montes, nunca a tenido el honor de visitar este digno PERIÓDICO ni de conversar con su director JOSÉ RUBEN ZAMORA.
Por tal motivo rogamos a todos los lectores y Periodistas se avoquen a escuchar esta cruel persecución que desde hace varios años venimos soportando con mi familia, debido a la corrupción que impera en las organizaciones encargadas de impartir justicia, así como de estos personajes que están dirigiendo el Banco de los Trabajadores.
Ya basta de tanta represión para mi familia. Que el PERIÓDICO DE GUATEMALA SE MANIFIESTE.
Les agradecemos eternamente su atención y solidaridad, Dios nuestro señor les bendiga.
Familia Montes.
Ver video de la Vista Pública aquí
Los Magistrados: Sergio Amadeo Pineda Castañeda, Greta Antilvia Monzón Espinoza, José Luis Samayoa Palacios, titulares de la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Antigua Guatemala, han entrado a resolver y denegado el Amparo Provisional, que fue solicitado, por Álvaro Erik Montes, en contra del Juzgado de Primera Instancia Penal de Sacatepéquez, a pesar de la evidente violación al Debido Proceso.
Estos Magistrados se han declarado enemigos del Señor Montes, varias veces y se han inhibido de conocer el proceso que se encontraba en esa Sala por Apelación, sin embargo, cuando les conviene ayudar a los Directores del Banco de los Trabajadores, Sergio Anibal Hernández Lemus, Eduardo José Liu Yon, Juan Miguel Arita España, Vinicio Alejandro Rodríguez Barrientos, Edwin Rafael Méndez Tello, Jorge Homero Fuentes Aragón, Ronald Giovanni García Navarijo y al ex Presidente Carlos Alfredo Villeda Oliva, vuelven a conocer y resolver, para luego inhibirse, después que ya han hecho la maldad y actuado con toda impunidad, como en la presente resolución del Amparo Provisional.
El día ocho de marzo de 2013, el Juzgado de Primera Instancia Penal de Sacatepéquez, celebrará la Audiencia, en donde ilegalmente, quiere volver a discutir las conclusiones que fueron presentadas por el Ministerio Público en noviembre de 2008, por la acusación vertida, por el Ministerio Público, en contra de los tres imputados, en donde el Fiscal del Ministerio Público y el Querellante Adhesivo, le solicitaron al Juez sobreseer la acusación en contra de dos, de los imputados a pesar que ya habían requerido se abriera a Debate, con esa actitud se pone de manifiesto, que están actuando con delitos simulados, y lo que persiguen es callar al señor Montes, porque para los tres eran las mismas acusaciones.
El Juez Edwin Roberto Peñate Girón, que conoció las investigaciones y pruebas presentadas por el Ministerio Público, DETERMINÓ SOBRESEER EL PROCESO A FAVOR DE ÁLVARO ERIK MONTES ECHEVERRÍA.
Sin embargo, en la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones, los Magistrados que conocieron la apelación de Sobreseimiento que hizo el Juez a favor de Álvaro Erik Montes, por la inconformidad del Ministerio Público y de los Directores del Banco de los Trabajadores, vienen cometiendo varias ilegalidades; como no encontraron delito que perseguir, quisieron retrotraer el proceso a instancias precluidas, para ayudar a los del Banco de los Trabajadores, resolvieron darle participación al Procurador General de la Nación, no ignoraban que el Mandatario Carlos Ramiro Contreras Valenzuela, del Banco de los Trabajadores, había sobornado a un Magistrado en esa Sala, no obstante, ellos también solicitaron al Juzgado que se retrotrayera el proceso, cuando eso es ilegal y lo confirmaron los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad, al no permitir esa baja acción por parte de los Magistrados que hemos venido denunciando.
Sin que se concediera el Amparo Provisional, por parte de los Magistrados Sergio Amadeo Pineda Castañeda, Greta Antilvia Monzón Espinoza y José Luis Samayoa Palacios, el Fiscal del Ministerio Público, le dice al Juez, que esa Fiscalía ya presentó conclusiones de este caso en el año 2008, mismas que el Juez había solicitado fueran presentadas de nuevo y que ahora pretende se vuelvan a discutir, por esa razón se solicitó la Acción de Amparo, porque las ilegalidades están a la vista de todos, como no hay delitos que perseguir es evidente la violación al Debido Proceso, desde el momento que quieren volver a discutir las conclusiones que dieron como resultado se sobresellera el proceso.
¿Quienes serán los criminales y quienes serán víctimas según estos documentos que están a la vista del público? Juzgue usted.
Los Magistrados aquí denunciados, se sienten heridos al poner al descubierto su falta de ética y moral, seguiremos denunciando con sus respectivas pruebas a los operadores de justicia, porque sus fallos no son apegados a derecho, para que los ciudadanos honestos, los tengan presentes a la hora de reelección y podamos contribuir a transparentar la Justicia en Guatemala.
Gracias por su atención.
Al Banco de los Trabajadores a través de su Gerente General, el PERIÓDICO DE GUATEMALA, le concedió el derecho de respuesta, y publicó las declaraciones vertidas por el Gerente, el día martes 6 de febrero de 2007 con el titular “Al percatarnos, tomamos las medidas correctivas”.
Lamentablemente por denuncias presentadas por el Señor Álvaro Erik Montes, a la Superintendencia de Bancos y al Ministerio Público por actos que consideró anómalos, estos Directores buscaron la forma para incriminarlo en un hecho simulado como delito.
Fueron contratados para averiguar quién había llevado la información al Diario El Periódico, los servicios de dos distintos investigadores en distintas fechas como lo pueden comprobar por los registros, en la Superintendencia de Bancos, y en el mismo Banco de los Trabajadores, la primera la hicieron en el mes de febrero por un costo de 150,000 $ dólares americanos, y como no arrojó los resultados que esperaban, solicitaron una segunda investigación por el empleado de la financiera Latinoamericana propiedad del Señor Ricardo Cortés, por una cantidad de 350,000 Quetzales. En ninguna de las dos investigaciones, incriminaron a Álvaro Erik Montes, de haber trasladado documentación o de haberse entrevistado con algún periodista, del Diario El Periódico de Guatemala.
Aún con los resultados de las investigaciones, utilizaron la publicación del Diario EL PERIÓDICO DE GUATEMALA, para interponer una denuncia en contra de tres personas, sólo que un año después desistieron de dos de los imputados quedando ligado a proceso únicamente Álvaro Erik Montes.
El 29 de enero de 2013, a las nueve de la mañana se realizará el Debate POR EL DELITO DE SECRETO PROFESIONAL, POR LA NOTICIA DEL DIARIO EL PERIÓDICO, QUE FUE UTILIZADA POR LOS DIRECTORES DEL BANCO DE LOS TRABAJADORES DE GUATEMALA, EN CONTRA DE ÁLVARO ERIK MONTES, en la sede del Tribunal, ubicado en la 4ta Calle 7-37 Zona 1, Segundo Nivel.
Los documentos que ponemos a la vista, son los que dice el Tribunal que son indicios para llevar a Debate al Señor Montes, véase, el testimonio de la Abogada Rosario De León Dell, ella testifica que consultó al Registro de la Propiedad sobre el expediente del Señor Chinchilla Vega. Desde el momento que salió del Banco de los Trabajadores ese expediente, se convierte en un hecho público.
La nota de aclaración que envía la Directora del Diario El Periódico, indicándole que no se entrevistaron con ningún imputado, a la Juez que lo requiere.
La bitácora solicitada por el Ministerio Público y entregada a la Juez por el Director Vinicio Alejandro Rodríguez, tampoco señala al Señor Erik Montes, de haber tenido el expediente del Señor Chinchilla.
El Superintendente, le contesta a la Juez. “Que no se puede aseverar que por la noticia del Periódico haya sufrido una disminución en los depósitos el Banco de los Trabajadores.
Con la siguiente exposición, solicitamos a ustedes y especialmente al PERIÓDICO DE GUATEMALA, se pronuncien por esta ilegal persecución Ya que de todos es sabido, que de haber existido delito o de haber sido una noticia “FALSA” como lo expresa en la querella el mandatario Carlos Ramiro Contreras Valenzuela, debieron haberlo aclarado los Directores del Banco de los Trabajadores de Guatemala, el día seis de febrero de 2007, cuando hicieron uso de su derecho de respuesta que les concedió el Diario EL PERIÓDICO DE GUATEMALA. Y no perseguir jurídicamente a una persona que es ajena a la publicación de esa noticia, en donde se le ha causado un daño irreparable al Ciudadano Álvaro Erik Montes y a su familia.
Agradecemos la atención a la presente denuncia.
Los Directores del Banco de los Trabajadores de Guatemala, Eduardo José Liu Yon, Juan Miguel Arita España, Vinicio Alejandro Rodríguez Barrientos, Jorge Homero Fuentes Aragon, Edwin Rafael Méndez Tello, Sergio Hernández Lemus y Ronald Giovanni García Navarijo, a través de los Mandatarios Jorge Rolando Rosales Mirón y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, no comparecieron a la Audiencia programada para el tres de diciembre, en donde se discutiría la petición de aprehender a los tres sindicados y darle participación al Procurador General de la Nación.
En esta página exhibimos, la deshonestidad con que actúan algunos Jueces y Magistrados, véase la resolución del memorial de Actividad Procesal Defectuosa, presentada por la Defensa del Abogado Álvaro Erik Montes, allí se explica que los Jueces que aceptaron la petición de los Directores del Banco de los Trabajadores, están resolviendo sobre una resolución inexistente y le están dando participación a dos de los sindicados, que si bien es cierto, la acusación en contra de ellos era más fuerte que la del Abogado Álvaro Erik Montes, el querellante Carlos Ramiro Contreras Valenzuela y el Fiscal del Ministerio Público, en la Audiencia que se celebró para solicitarle al Juez de ese mismo Juzgado se abriera a debate por los tres acusados, solicitaron el sobreseimiento de estas dos personas, pidiéndole al Juez que continuara sólo para el Señor Montes, porque para los otros se habían dado cuenta en diez minutos después de seis meses de ardua investigación y de haber requerido al Juez debate para ellos, que siempre “no había delito que perseguir en contra de estas dos personas”.
El Juez sobreselló para los tres imputados como consta dentro del expediente, por esa razón, era evidente el tráfico de influencias que nuevamente se estaba ejerciendo en ese Juzgado, al aceptar una “DISCREPANCIA,ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS MANDATARIOS DEL BANCO”.
Sin que revisaran el expediente para constatar si lo que solicitaba Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, era cierto, varios Jueces dieron trámite a la solicitud requerida, con el único fin de aprehender a Álvaro Erik Montes.
Con el agravante, que cumplió el Juez, anticipadamente lo requerido por los Directores del Banco de los Trabajadores, de oficio y sin que le corresponda la Acción Penal, salvo en los casos debidamente estipulados en la Ley, le corrió audiencia al Procurador General de la Nación, y rechazó la Apelación presentada por la Defensa en contra de esta anomalía.
Con la Resolución proferida el día de ayer por el Juzgado de Primera Instancia Penal de Sacatepéquez, desnudamos la podredumbre que hay que combatir de las personas que imparten justicia de manera anómala.
Resulta que para el acusado, hay que esperar que los Jueces tengan el expediente para poder resolver, aunque se hallan presentado las copias de lo argumentado por la defensa. Pero para los acusadores, aún no exista ninguna resolución sobre lo que están pidiendo y sean sobre nuevas falsedades, les dieron estos Jueces, todo el crédito, no necesitaron consultar el expediente.
Ojalá se deduzcan responsabilidades a todas estas personas que han colaborado, valiéndose de su investidura sobre hechos y delitos inexistentes.
Para que todos podamos vivir en paz, se requiere, el respeto y la igualdad entre los habitantes.
El juez resuelve que el expediente no se encuentra en el juzgado.
Con la argucia de una “Discrepancia, entre el Ministerio Público y los mandatarios del Banco de los Trabajadores de Guatemala”
solicitaron los Directores del Banco de los Trabajadores, Señores, Sergio Anibal Hernández Lemus, Juan Miguel Arita España, Ronal Giovanni García Navarijo, Eduardo José Liu Yon, Vinicio Alejandro Rodríguez Barrientos, Jorge Homero Fuentes Aragón, Edwin Rafael Méndez Tello, se dilucide una orden de captura en contra del Abogado Álvaro Erik Montes, y de los Señores Jorge Eduardo Avilés Salazar y Cristina Judith Ortíz Ramirez, por los mismos delitos que fueron sobreseidos en ese Juzgado el nueve de marzo de dos mil nueve y en donde el mandatario Carlos Ramiro Contreras Valenzuela y el Fiscal del Ministerio Público, solicitaron al Juzgador la separación de estas últimas personas al proceso incoado, únicamente solicitaron dejar dentro del mismo al Abogado Álvaro Erik Montes.
Sin embargo, al darse cuenta que si no encontró el Ministerio Público delito alguno en contra de estas personas, tampoco hay delito que perseguir en contra del Señor Montes, ya que el no llevó ningún documento al Diario “El Periódico de Guatemala” para que publicara las noticias falsas que dice en su querella, el mandatario del Banco de los Trabajadores, Carlos Ramiro Contreras Valenzuela, que publicó este Diario. Como tampoco participó en la adquisición de Acciones legales como lo dice la Superintendencia de Bancos en la investigación de los Auditores de dicha firma, desvirtuando así los supuestos delitos por lo que hasta hoy ha sido acosado y perseguido por los Tribunales de Justicia Guatemaltecos.
Al cambiar de mandatarios el Banco de los Trabajadores, quisá no están enterados que, el anterior mandatario Carlos Ramiro Contreras Valenzuela, sobornó a un Magistrado de la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones, para que se le diera participación al Procurador General de la Nación y se retrotrayera el proceso a instancias precluidas a petición de sus mandantes, como quedó establecido en las denuncias presentadas.
Han vuelto a solicitar la participación del Procurador General de la Nación, los mandatarios del Banco de los Trabajadores, el 30 de octubre del presente año, y el Juez ha cumplido lo requerido por estas personas, sin que se haya realizado la audiencia. De oficio y sin que haya formado parte del proceso, este Juez le ha corrido audiencia,(siendo ilegal) en la resolución de la Incostitucionalidad de Leyes presentada, sin tomar en consideración, que no es a esta entidad a la que le corresponde la Acción Penal. Pero ha cumplido con lo que los Directores del Banco de los Trabajadores de Guatemala en forma ilegal le han requerido, de esa forma ha declarado sin lugar la apelación presentada por el Abogado Álvaro Erik Montes, en donde se opone a la intervención del Procurador General, por no ser parte del proceso y porque no le compete a él la persecución aludida.
El Señor Álvaro Erik Montes, se encuentra a merced de esta injusticia, es lamentable la corrupción, el tráfico de influencias y el servilismo con que actúan algunas personas, dentro del Organismo Judicial de Guatemala, hoy lo hacemos de conocimiento de las Organizaciones que velan por los Derechos Humanos, de la Prensa Nacional e Internacional y de todas las Personas en general para que acudan a la Audiencia programada el tres de diciembre a las 8:30 en el Juzgado de Primera Instancia de Sacatepéquez, es la única manera que podemos ayudarnos todos los Guatemaltecos, denunciando este flagelo que tantos males ha causado en nuestra sociedad, y cooperar para que haya un cambio de los malos jueces y magistrados, denunciándolos con las respectivas pruebas. Agradecemos su atención y rogamos sus oraciones para que esta familia encuentre justicia.
Apelación, para que no intervenga en forma ilegal el Procurador General de la Nación de Guatemala
RETROTRAE EL PROCESO EL JUZGADO, EXISTIENDO SENTENCIA FIRME DE LA CC
**Odisea de un crimen planificado, por jueces del juzgado de Primera Instancia Penal, de la Antigua Guatemala, en donde han puesto en peligro la vida del abogado Alvaro Erik Montes, desde el momento que la investidura de los señores jueces les estan sirviendo para favorecer a los directores del Banco De Los Trabajadores, señores: Sergio Anibal Hernadez Lemus, Eduardo Liu Yon, Jorge Homero Fuentes Aragon, Juan Miguel Arita España, Edwin Rafael Mendez Tello, Vinicio Alejandro Rodriguez Barrientos, Carlos Alfredo Villeda Oliva y Ronald Geovanni Garcia Navarijo.
Han ordenado retrotraer el proceso a instancias que ya precluyeron dándole audiencia al Procurador General de La Nación, cuando ese acto en la Sala Regional Mixta de La Antigua Guatemala, un magistrado fue sobornado por los directores del banco, a través del mandatario Carlos Ramiro Contreras Valenzuela y por lo que se recurrió a una Acción de Amparo y una denuncia a la Oficina De Derechos Humanos del Arzobispado y a nivel nacional e internacional. Dando como resultado que la Honorable Corte de Constitucionalidad resolviera en sentencia de Amparo que no se le puede dar participación al Procurador General de La Nación.
Sin embargo nuestra justicia corrompida le esta dando lugar a la petición hecha por estas personas inescrupulosas, poniendo en peligro la vida del Abogado Montes y su familia.
Suplicamos a las organizaciones de Derechos Humanos, Prensa Nacional e Internacional que intervengan auxiliando a esta familia; los documentos relacionados se encuentran en esta misma página.
Agradecemos su atención***